BOC - 1991/152. Lunes 18 de Noviembre de 1991 - 1651

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Trabajo y Función Pública

1651 - ORDEN de 6 de noviembre de 1991, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en los recursos núms. 517, 519 y 520/89 acumulados, interpuestos por D. Filiberto Castro Hernández, D. Clodoaldo Rodríguez Delgado y D. Juan Castro Hernández, contra Resoluciones del Viceconsejero de Trabajo y Areas Infradotadas, de 8 de mayo de 1989.

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Visto el testimonio de la Sentencia nº 301/91 declarada firme, dictada el 21 de junio de 1991 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en los recursos contencioso-administrativos núms. 517, 519 y 520 interpuestos por D. Filiberto Castro Hernández, D. Clodoaldo Rodríguez Delgado y D. Juan Castro Hernández respectivamente, contra las Resoluciones del Viceconsejero de Trabajo y Areas Infradotadas de 8 de mayo de 1989, por las que se desestimó el recurso de alzada contra las Resoluciones de la Dirección General de Trabajo de 30 de enero de 1989, por las que se les denegaban sus solicitudes formuladas para acogerse a las subvenciones al empleo autónomo, por una cuantía cada una de ellas de 500.000 pesetas, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: “Fallamos: estimamos los recursos formulados y anulamos los actos recurridos por no ser ajustados a Derecho, reconociendo el derecho de los recurrentes a percibir las subvenciones solicitadas en las condiciones reglamentariamente fijadas, sin costas.”

Vistos los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y demás normas de general aplicación.

El Consejero de Trabajo y Función Pública, en uso de las competencias que tiene legalmente reconocidas por el artículo 8 del Decreto 147/1991, de 17 de julio, de reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma,

R E S U E L V E:

Cumplir en sus propios términos la referida Sentencia, lo que se hará público en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de noviembre de 1991.

EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCION PUBLICA, Blas Gabriel Trujillo Oramas.



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