Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 152. Lunes 18 de Noviembre de 1991 - 1649

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Industria, Comercio y Consumo

1649 - ORDEN de 5 de noviembre de 1991, por la que se aprueban las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones, presentadas por el Ayuntamiento de La Guancha (Tenerife).

Descargar en formato pdf

Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de La Guancha, en solicitud de aumento de tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones.

RESULTANDO

Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en sesión ordinaria celebrada el día 22 de octubre de 1991, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento, que suministra el Ayun-tamiento de La Guancha:

Tarifa primera.- Suministro de agua para uso doméstico. Facturación bimestral.

Mínimo 5 m3 352 ptas. De 6 a 10 m3 84 ptas./m3 De 11 a 15 m3 92 ptas./m3 De 16 a 25 m3 95 ptas./m3 De 26 a 30 m3 113 ptas./m3 De 31 a 40 m3 120 ptas./m3 De 41 a 50 m3 176 ptas./m3 Más de 50 m3 183 ptas./m3

Tarifa segunda.- Suministro de agua para uso industrial. Facturación bimestral.

Menos de 20 m3 1.408 ptas. Más de 20 m3 183 ptas./m3

“Se considera como agua de uso doméstico la destinada a las obras de autoconstrucción.” “Todos los sujetos pasivos, sin excepción alguna, deberán abonar el siguiente canon:

Canon de conservación y mantenimiento del contador medidor, 273 ptas./bimestre.”

CONSIDERANDO

Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Autorizar al Ayuntamiento de La Guancha las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y su aplicación se realizará de forma escalonada.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 1991.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y CONSUMO, PRESIDENTE DE LA COMISION TERRITORIAL DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, Andrés Calvo González.

© Gobierno de Canarias