BOC - 1991/151. Viernes 15 de Noviembre de 1991 - 1611

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

1611 - RESOLUCION de 10 de octubre de 1991, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Pliegos de Cargo a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General, del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles el oportuno Pliego de Cargos, como consecuencia de las denuncias o Actas de Inspección formuladas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General, por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 072/91; TITULAR: Domingo Rodríguez Quesada; ESTABLECIMIENTO: Bar La Peregrina; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: haber cambiado la denominación del establecimiento, toda vez que se anuncia como Pizzagrina, sin haberlo comunicado previa y preceptivamente a este organismo. Carecer de Hojas de Reclamaciones ajustadas al modelo oficial en vigor; FECHA DE INFRACCION: 28 de enero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 3º de la Orden de 19.10.88, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artículo 1º, en relación con el artículo 3º.1, de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.c), f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

2) Nº EXPTE.: 115/91; TITULAR: Andrés Pérez Barrios; ESTABLECIMIENTO: Bar Amsterdam; POBLACION: Arrecife de Lanzarote; HECHO INFRACTOR: continuar la explotación turística del referido establecimiento, sin haberlo comunicado preceptivamente a la Administración turística, el cambio de titularidad, en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de la transmisión. No ha notificado, como es preceptivo, a la Administración turística canaria, los precios de los productos que ofrece a su clientela. Carecer en el establecimiento, de Hojas de Reclamaciones para sus clientes; FECHA DE INFRACCION: 21 de enero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artículo 30.1 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 2º y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artículo 1º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.c), f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

3) Nº EXPTE.: 166/91; TITULAR: José Alamo Mirabal; ESTABLECIMIENTO: Bar Ayovid; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin haber notificado a la Administración turística los precios que hayan de regir en la prestación de los servicios y sin tener el Libro de Inspección y las Hojas de Reclamaciones; FECHA DE INFRACCION: 26 de febrero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 30.1 de la Orden de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en relación con el artículo 4º de la Orden de 16.6.70. Artículo 1º de la Orden de 31.10.70 y artículo 1º de la Orden de 13.11.86; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.d), f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril. 4) Nº EXPTE.: 123/91; TITULAR: Peter Jame Poindester; ESTABLECIMIENTO: Night Club Maximilian’s; POBLACION: Puerto del Carmen; HECHO INFRACTOR: no haber comunicado a la Administración turística canaria, los precios que rigen en la prestación de los servicios. Carecer de Hojas de Reclamaciones que debe tener con carácter obligatorio; FECHA DE INFRACCION: 19 de febrero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 30.1 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artículo 2º, y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artículo 1º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artículos 1º y 3º, de la Orden de 31 de octubre de 1970; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.d), f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

5) Nº EXPTE.: 130/91; TITULAR: Dña. Isabel O. Suárez Quintana; ESTABLECIMIENTO: Bar La Pelota; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: continuar la explotación turística del referido establecimiento, sin haber comunicado preceptivamente a la Administración turística el cambio de titularidad, en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión. Carecer de Hojas de Reclamaciones que debe tener con carácter obligatorio; FECHA DE INFRACCION: 11 de febrero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artículo 1º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.c), f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

6) Nº EXPTE.: 136/91; TITULAR: D. Pedro F. Martel Quintana; ESTABLECIMIENTO: Cafetería König; POBLACION: La Oliva; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de cafetería, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo, que le habilitaría para la apertura y ejercicio de la citada actividad; FECHA DE INFRACCION: 23 de febrero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 6º de la Orden Ministerial de 18.3.65, de Ordenación Turística de Cafetería; CALIFICACION: muy grave, en base al artículo 9º.b) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

7) Nº EXPTE.: 141/91; TITULAR: Molimor, S.L.; ESTABLECIMIENTO: Rainbon; POBLACION: Playa del Inglés; HECHO INFRACTOR: continuar la explotación turística del referido establecimiento, sin haber comunicado preceptivamente a la Administración turística el cambio de Titularidad, en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de la transmisión. Carecer de Hojas de Reclamaciones que debe tener con carácter obligatorio. No anunciar la existencia de Hojas de Reclamaciones; FECHA DE INFRACCION: 1 de febrero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 2º de la Orden de 23.9.88, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artículos 1º y 4º, de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.c), f) y 7º.a) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

8) Nº EXPTE.: 142/91; TITULAR: Rafael R. Giraldo Vargas; ESTABLECIMIENTO: Bar Island; POBLACION: Playa del Inglés; HECHO INFRACTOR: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin haber notificado a la Administración turística los precios que hayan de regir en la prestación de los servicios y sin tener el Libro de Inspección y las Hojas de Reclamaciones, según consta en el Acta de inspección nº 3364/91; FECHA DE INFRACCION: 1 de febrero de 1991; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 30.1 de la Orden de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en relación con el artículo 4º de la Orden de 19.6.70. Artículo 1º de la Orden de 31.10.70 y artículo 1º de la Orden de 13.11.86; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.d), f) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de octubre de 1991.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.



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