Se hace saber a D. Domingo Hernández Díaz, con D.N.I. nº 42.019.646, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Providencia y Pliego de Cargos, en el expediente sancionador incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, con el nº 269/91, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, al haberse comprobado que el día 11 de octubre de 1991, se encontraba en la calle Castillo D. Domingo Hernández Díaz, realizando la actividad prohibida denominada juego de los triles, en plena vía pública.
Lo que supone infracción a los artículos 5, 6 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias (B.O.C. nº 158, de 31.12.85), así como al artículo 1 del Decreto 57/1986, de 4 de abril, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos y Apuestas autorizados en Canarias (B.O.C. nº 42, de 11.4.86).
Sancionándose como disponen los artículos 21.2.1.a), 22 y siguientes de la citada Ley 6/1985, de 30 de diciembre.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de ocho días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de octubre de 1991.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
© Gobierno de Canarias