BOC - 1991/149. Lunes 11 de Noviembre de 1991 - 1598

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Trabajo y Función Pública

1598 - RESOLUCION de 2 de octubre de 1991, de la Dirección General de Trabajo, por la que se autoriza como Entidad Colaboradora de las Secciones de Formación y Documentación de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo a la empresa “Lainsa, Servicio contra Incendios, S.A.” y se procede a su inscripción en el Registro Regional.

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La Orden de 14 de enero de 1991, de la Consejería de Turismo y Transportes y Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales, fija las normas generales que deben cumplir las Entidades Colaboradoras de las Secciones de Formación y Documentación de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo en desarrollo de los Decretos 131/1990 y 132/1990, de 29 de junio, sobre medidas de seguridad y protección contra incendios en apartamentos turísticos y en establecimientos turísticos hoteleros respectivamente y concretamente en su artículo 8 faculta a la Dirección Regional de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo para autorizar por medio de Resolución e inscribir en el Registro Regional a las Entidades Colaboradoras.

Resultando que por D. Sidonio Manrique Ruiz, actuando en nombre y representación de “Lainsa, Servicio contra Incendios, S.A.”, se solicita autorización para que la referida Sociedad pueda actuar como Entidad Colaboradora de las Secciones de Formación y Documentación de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Resultando que, examinada la documentación aportada con la solicitud, de la misma se infiere que se han cumplimentado los requisitos exigidos por los artículos 1 y 7 de la Orden de 14 de enero de 1991, por la que se fijan las normas generales que deben cumplir las Entidades Colaboradoras de las Secciones de Formación y Documentación de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo (B.O.C. nº 14, de 1.2.91).

Considerando que la Consejería de Trabajo y Función Pública a través de la Dirección Regional de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo tiene atribuida la competencia para resolver las autorizaciones e inscripciones de las Entidades Colaboradoras de las Secciones de Formación y Documentación de los Gabinetes de Seguridad e Higiene en el Trabajo, a tenor de lo prevenido en el artículo 8 de la Orden de 14 de enero de 1991, de las Consejerías de Turismo y Transportes y Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales.

Esta Dirección General ha resuelto autorizar a: “Lainsa, Servicio contra Incendios, S.A.”, para actuar como Entidad Colaboradora de las Secciones de Formación y Documentación, procediéndose a su inscripción en el Registro Regional.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de octubre de 1991.- El Director General de Trabajo, Juan Jiménez García.



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