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BOC Nº 142. Martes 29 de Octubre de 1991 - 1549

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

1549 - DECRETO 243/1991, de 20 de septiembre, por el que se crean varios Institutos de Formación Profesional en las islas de Gran Canaria y Tenerife.

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Dada la demanda de puestos escolares para el nivel de Formación Profesional en los municipios de las islas de Gran Canaria y Tenerife, procede la creación de Institutos de Formación Profesional con capacidad suficiente para dar respuesta a las necesidades de escolarización de este nivel educativo.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10, 11, 16.1 y 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el artículo 34.A) 6 de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canarias y la Ley Orgánica 11/1982, de 10 de agosto, de Transferencias Complementarias a Canarias, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 20 de septiembre de 1991,

D I S P O N G O:

Primero.- Crear los Institutos de Formación Profesional siguientes:

Municipio: Gáldar. Localidad: San Isidro. Instituto de Formación Profesional, domiciliado en El Roque, para 640 puestos escolares.

Municipio: Las Palmas de Gran Canaria. Localidad: Las Palmas de Gran Canaria. Instituto de Formación Profesional, domiciliado en la calle Gustavo J. Navarro Nieto, 27, para 600 puestos escolares y que se denominará “Pablo Montesinos”. Este Instituto se crea por desdoble del Instituto de Formación Profesional 1º de Mayo, de Las Palmas de Gran Canaria.

Municipio: La Laguna. Localidad: La Cuesta. Instituto de Formación Profesional, domiciliado en la calle Santa Ursula, s/n, del Barrio de La Salud, para 1.200 puestos escolares.

Segundo.- Autorizar al Consejero de Educación, Cultura y Deportes para que dicte las disposiciones que sean precisas para fijar la fecha de comienzo de las actividades y las enseñanzas que se impartan en los mismos y adoptar cuantas medidas sean necesarias para el cumplimiento del presente Decreto. DISPOSICION FINAL

Los efectos económicos y administrativos del presente Decreto tendrán valor a partir del 1 de julio de 1991.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de septiembre de 1991.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, José Antonio García Déniz.

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