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BOC Nº 140. Viernes 25 de Octubre de 1991 - 1526

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1526 - DECRETO 246/1991, de 20 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto “Duplicación de calzada de la carretera GC-720 de Arrecife a Yaiza, pp.kk. 5,300 al 12,500. Tramo: enlace Las Playas-Mácher (Lanzarote).- Clave: 01-LZ-098”.

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Examinado el expediente incoado para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados para la ejecución del proyecto “Duplicación de calzada de la carretera GC-720 de Arrecife a Yaiza, pp.kk. 5,300 al 12,500. Tramo: enlace Las Playas-Mácher. Isla de Lanzarote”, y teniendo en cuenta que se acreditan en el mismo los requisitos legales exigidos para producir tal declaración de urgencia que se contraen a:

1º.- La utilidad pública y la necesidad de ocupación resultan implícitas en la aprobación del proyecto de obra de referencia a tenor de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Territorial 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias, precepto puesto a relación con los artículos 10, 15 y 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, así como con el 11 y 16 de su Reglamento.

2º.- La urgencia resulta motivada por el elevado movimiento pendular de vehículos con incidencia de peligrosidad y posibles atascos, unido a la demanda de la población.

Dichas obras están especificadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1991, aprobados por la Ley Territorial 16/1990, de 26 de diciembre, aplicación presupuestaria 11.04.513A.601.00, proyecto de inversión 9161114B.

3º.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados, en el periodo de información pública, publicando anuncios en el Boletín Oficial de Canarias nº 59, de 6 de mayo de 1991, en el periódico “La Provincia” de 17 de abril de 1991 y en el tablón de anuncios del Iltre. Ayuntamiento de Tías (Lanzarote) durante un periodo de quince días hábiles, habiéndose presentado en dicho periodo de información pública quince alegaciones, de las que trece fueron desestimadas por carecer las mismas de apoyo jurídico suficiente, sin perjuicio de que los interesados puedan hacerlas valer en el momento del Levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, habiendo sido tenidas en cuenta las dos restantes, lo que ha producido la oportuna modificación de relación de bienes y derechos mediante resolución de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de 2 de julio de 1991, por la que se aprueba dicha relación.

Vistos el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y los artículos 56 y siguientes de su Reglamento de aplicación, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 20 de septiembre de 1991,

D I S P O N G O:

Uno.- Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la obra del proyecto “Duplicación de calzada de la carretera GC-720 de Arrecife a Yaiza, pp.kk. 5,300 al 12,500. Tramo: enlace Las Playas-Mácher. Isla de Lanzarote”, aprobado por resolución del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de 13 de noviembre de 1990.

Los bienes y derechos cuya urgente ocupación se declara, quedan descritos de forma individualizada y con indicación de sus titulares en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular ante el Organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes y derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto de trámite del procedimiento de expropiación podrá interponerse recurso de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, a partir de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición si éste fuera expreso o de un año desde su interposición si no lo fuera expresamente.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de septiembre de 1991.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.

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