BOC - 1991/138. Lunes 21 de Octubre de 1991 - 1359

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1359 - RESOLUCION de 1 de octubre de 1991, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Propuestas de Resolución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Propuesta de Resolución del expediente incoado con motivo de denuncias o Actas de Inspección, formuladas contra aquéllos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación, en materia turística.

Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 370/90; TITULAR: Promociones Isla Verde, S.A.; ESTABLECIMIENTO: Bar Oasis; POBLACION: Mogán; HECHO INFRACTOR: prestar servicios propios de restaurante toda vez que sirve, según cartas al público, pizzas (margarita y napolitana), sopas del día, gazpacho andaluz, etc., careciendo de la preceptiva autorización de este organismo para el ejercicio de dicha actividad, constando el mismo para la actividad de bar. No haber dado traslado a este organismo la copia de la Hoja de Reclamación nº 70863, formulada por su cliente D. Francisco Juárez Delgado, el 26 de agosto de 1990 y que debía remitir a este organismo en el plazo de un mes; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 6º de la Orden de 17.3.65, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes. Artículo 7º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes; CALIFICACION: grave, en base al artículo 9º.b), en relación con el artículo 8º.Ll), y artículo 8º.g), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 210.000 ptas.

2) Nº EXPTE.: 377/90; TITULAR: Viajes Panasol, S.L.; ESTABLECIMIENTO: Agencia de Viajes Panasol; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: no haber dado traslado a este organismo, las Hojas de Reclamaciones núms. 1837 y 1838, formuladas por su cliente Dña. Carmen Eyanga Bileká, el 23 de marzo de 1990 y que debería remitir a este organismo en el plazo de un mes; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 7º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes; CALIFICACION: leve, en base al artículo 8º.g), en relación con el artículo 7º.d), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 20.000 ptas.

3) Nº EXPTE.: 392/90; TITULAR: Carmelo Díaz Moreno; ESTABLECIMIENTO: Restaurante La Parra; POBLACION: Telde; HECHO INFRACTOR: haber modificado el contenido de las relaciones de servicios sin haberlo notificado previa y preceptivamente a este organismo. No haber dado traslado a este organismo la copia de la Hoja de Reclamación nº 26872, formulada por su cliente D. Carlos Cardona Medina, el 11 de octubre de 1990 y que debía remitir a este organismo en el plazo de un mes; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 30.1 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78 en su artículo 2º. Artículo 7º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes; CALIFICACION: grave, en base al artículo 8º.d), g), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 110.000 ptas.

4) Nº EXPTE.: 440/90; TITULAR: Agustín Rivero Cárdenes; ESTABLECIMIENTO: Bar Dos Amigos; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: no haber comunicado a este organismo los precios que rigen en la prestación de los mismos. No exhibir, tanto en el interior como en el exterior del establecimiento, la relación de los servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos. No anunciar la existencia de Hojas de Reclamaciones. Falta de limpieza en el baño del establecimiento; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 30.1 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78 en su artículo 2º y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artº. 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78 en su artículo 1º, y en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artículo 4º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes. Artículo 9º.d), de la Orden Ministerial de 17.3.65, en aplicación del artículo 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70; CALIFICACION: leve, en base al artículo 8º.d), en relación con el artículo 7º.d), y artículo 7º.a), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 50.000 ptas.

5) Nº EXPTE.: 124/91; TITULAR: Luis García Rodríguez; ESTABLECIMIENTO: Apartamentos Roque Nublo; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: carecer de una dirección común con responsabilidad solidaria ante sus clientes y ante la Administración turística, habida cuenta que la explotación turística se realiza en la modalidad de “Unión de Conjuntos”. Continuar la explotación de los apartamentos núms. 206, 507, 518, 524, 312, 502, 509, 603, 610, 618, 619, 216, 303, 422 y 620 del establecimiento de referencia, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor, a este organismo, en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de la transmisión; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 4º.4.b) del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos. Artículo 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos; CALIFICACION: grave, en base al artículo 9º.g), en relación con el artículo 8º.Ll), y artículo 8º.c), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 600.000 ptas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 1991.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Carlos González Lázaro.



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