No teniendo constancia en esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la oportuna Resolución como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido por esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Los interesados disponen de un plazo de quince días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a su derecho convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) TITULAR: Forestlanz, S.A.; Nº EXPTE.: TF-297-0-90; POBLACION: Arrecife; MATRICULA: GC-2802-AC; INFRACCION: artº. 140.a) Ley 16/1987 y Decreto 7/1990; CUANTIA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio de A.S.C. careciendo de autorización administrativa vigente que debe llevar a bordo.
2) TITULAR: Gregorio José Ramos Morales; Nº EXPTE.: TF-621-0-90; POBLACION: Santa Cruz de Tenerife; MATRICULA: TF-4765-Z; INFRACCION: artº. 140.a) Ley 16/1987, Decreto 66/1989; CUANTIA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público de mercancías careciendo de la correspondiente autorización administrativa que debe llevar a bordo.
3) TITULAR: Grupo Menor Colonización; Nº EXPTE.: TF-728-0-90; POBLACION: Arona; MATRICULA: TF-2848-K; INFRACCION: artº. 141.b) Ley 16/1987 y Decreto 66/1989; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de tarjeta de transportes vigente que debe llevar a bordo. 4) TITULAR: Oliva Muebles y Decoración, S.L.; Nº EXPTE.: TF-816-0-90; POBLACION: Adeje; MATRICULA: TF-1171-AH; INFRACCION: artº. 141.b) Ley 16/1987 y Decreto 66/1989; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías careciendo de tarjeta de transportes vigente que debe llevar a bordo. 5) TITULAR: Teodomiro Martín Rodríguez Alonso; Nº EXPTE.: TF-62-I-91; POBLACION: Santa Cruz Tenerife; MATRICULA: TF-4242-AB; INFRACCION: artº. 141.b) Ley 16/1987, artº. 198.b) Real Decreto 1.211/1990 y Decreto 66/1989; CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar el vehículo un transporte privado de mercancías careciendo de la autorización administrativa vigente y de la I.T.V. correspondiente.
6) TITULAR: Miguel Pacheco Molina; Nº EXPTE.: TF-139-0-91; POBLACION: Santa Cruz Tenerife; MATRICULA: TF-2987-U; INFRACCION: artº. 142.a) Ley 16/1987, artº. 199.a) Real Decreto 1.211/1990 y Decreto 66/1989; CUANTIA: 15.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público de mercancías ligero careciendo de la I.T.V. en vigor y de la preceptiva autorización administrativa vigente.
7) TITULAR: Julio Pérez Guerra; Nº EXPTE.: TF-193-0-91; POBLACION: Los Llanos de Aridane; MATRICULA: TF-2025-AK; INFRACCION: artº. 142.b) Ley 16/1987, artº. 199.b) Real Decreto 1.211/1990 y Decreto 7/1990; CUANTIA: 5.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar el vehículo un servicio de A.S.C. no llevando a bordo la autorización administrativa o fotocopia de la misma.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de septiembre de 1991.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.
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