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BOC Nº 124. Viernes 20 de Septiembre de 1991 - 1374

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1374 - DECRETO 214/1991, de 11 de septiembre, por el que se amplía el anexo del Decreto 19/1991, de 21 de febrero, que delegó en los miembros del Gobierno el otorgamiento de subvenciones por razones de interés público.

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El artículo 11.2 de la Ley 16/1990, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1991, establece que el Gobierno, a propuesta de las Consejerías, por razones de reconocido interés público debidamente justificadas, podrá otorgar subvenciones nominativas e institucionalizadas.

Por Decreto 19/1991, de 21 de febrero, se desarrolla lo previsto en el artículo 11.2 citado, y se delega en los miembros del Gobierno el otorgamiento de subvenciones por razones de interés público.

Tal y como se expresa en el preámbulo del referido Decreto, y siguiendo la pauta de años anteriores, en aras de agilizar la tramitación administrativa que implica el desarrollo de la citada norma, se ha procedido, por Decreto, a declarar las acciones que se consideren de interés público, delegando, a su vez, en los titulares de los Departamentos, el poder otorgar las que sean de la respectiva competencia, en razón de la materia, hasta un límite, cuyo último tope, fijado por Decreto 56/1990, de 20 de marzo, se estableció en quince millones (15.000.000) de pesetas.

Estando previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1991, una línea de actuación para realojamiento de familias afectadas por “aluminosis”, creada mediante transferencia nº 152/1991, se hace preciso ampliar el anexo del mencionado Decreto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 11 de septiembre de 1991,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Ampliar el anexo del Decreto 19/1991, de 21 de febrero, por el que se delega en los miembros del Gobierno el otorgamiento de subvenciones por razones de interés público, en los términos que se expresan en el anexo al presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de septiembre de 1991.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.

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