BOC - 1991/123. Miércoles 18 de Septiembre de 1991 - 1372

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

1372 - ORDEN de 2 de septiembre de 1991, por la que se hace pública la relación de aspirantes que han superado los procedimientos selectivos para acceso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, convocados por Orden de la Consejería de la Presidencia de 30 de abril de 1991.

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De acuerdo con lo dispuesto en la base común 7, apartado 7.3 de la Orden de la Consejería de la Presidencia de 30 de abril de 1991 (B.O.C. nº 57, de 2.5.91), por la que se hacía pública la convocatoria para la provisión de plazas en los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas,

Esta Consejería ha dispuesto:

Primero.- Se hacen públicas las listas, por Cuerpos y especialidades, de los aspirantes que han superado los procedimientos selectivos, según lo establecido en la base común 7, subapartado 7.1.2 de la citada Orden de 30 de abril de 1991, tal como se contempla en los anexos I, II, III, IV y V de la presente Orden, una vez efectuadas las modificaciones correspondientes de las Actas Finales de Seleccionados, en virtud de los recursos de reposición estimados. Segundo.- Se fija un plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden, para que los aspirantes seleccionados presenten los documentos que se recogen en la base común 8 de la citada Orden de convocatoria, en alguna de las siguientes dependencias de esta Consejería:

Dirección General de Personal

Avenida Primero de Mayo, 11, 4ª planta. 35002-Las Palmas de Gran Canaria

Dirección Territorial de Las Palmas

Avenida Mayo, 11, 1ª planta. 35002-Las Palmas de Gran Canaria

Dirección Territorial de Santa Cruz de Tenerife

Calle La Marina, 26. 38001-Santa Cruz de Tenerife

Oficina Insular de Fuerteventura

Calle Santo Tomás de Aquino, 11. Puerto del Rosario

Oficina Insular de Lanzarote

Avenida José Antonio, 108, 1º, local 74. Arrecife

Oficina Insular de La Palma

Calle Plazoleta del Muelle, Edif. Usos Múlti- ples, 3ª planta. Santa Cruz de La Palma

Oficina Insular de La Gomera

Calle República de Chile, 8. San Sebastián de La Gomera

Oficina Insular de El Hierro

Lomo de la Iglesia, s/n. Valverde

Quienes no presenten la documentación en el plazo determinado, salvo en caso de fuerza mayor, o carezcan, tras el examen de la misma, de alguno de los requisitos señalados en la base común 2 de la Orden de convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que puedan incurrir por falsedad en la solicitud inicial. Tercero.- A los aspirantes seleccionados se les adjudicará destino con carácter provisional para la realización, en su caso, de la fase de prácticas, según lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de Personal de 31 de julio de 1991 (B.O.C. nº 107, de 14.8.91), por la que se hacen públicas las normas para la organización del curso 1991/92, debiendo incorporarse al mismo en el plazo de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de su comunicación; en caso contrario, se entenderá que renuncian a los derechos que pudieran corresponderles, en virtud de lo establecido en la base común 9, apartado 9.8 de la mencionada Orden de 30 de abril de 1991.

Aquellos que, por encontrarse cumpliendo el servicio militar o la prestación social sustitutoria, por hallarse en avanzado estado de gestación o por otras causas debidamente justificadas y apreciadas por esta Consejería, necesiten aplazamiento en la incorporación a la fase de prácticas, deberán solicitarlo dentro del plazo establecido en el apartado segundo de la presente Orden, mediante instancia a la Dirección General de Personal, adjuntando los documentos justificativos.

Todos los aspirantes seleccionados deberán participar en cuantos concursos generales de traslados se convoquen hasta la obtención de destino definitivo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a excepción de lo previsto en la base común 9, subapartado 9.8.1 de la citada Orden de 30 de abril de 1991.

Cuarto.- Por la Dirección General de Personal se adoptarán cuantas medidas se consideren necesarias para el desarrollo de la presente Orden.

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso de reposición, ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de septiembre de 1991.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, José Antonio García Déniz.



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