Se hace saber a D. Miguel Alberto Díaz Armas, titular de la empresa operadora 162746, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado providencia y Pliego de Cargos, en el expediente sancionador incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, con el nº 128/91, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, al haberse comprobado que en el establecimiento bar cafetería Filadelfia, sito en Santa Cruz de Tenerife, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa tipo "B", TF-B-6174, careciendo, al momento de la inspección, del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar y del Libro de Reclamaciones.
Lo que supone infracción a los artículos 31.1.c) y d) y 40.4 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88).
Sancionándose como disponen los artículos 42 y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo.
De acuerdo con lo establecido en el artº. 136.3 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de ocho días hábiles a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 1 de agosto de 1991.- El Director General, Antonio Cruz Caballero.
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