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BOC Nº 106. Lunes 12 de Agosto de 1991 - 1246

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Agricultura y Pesca

1246 - RESOLUCION de 2 de agosto de 1991, de la Dirección General de Producción Agraria y Comercialización, por la que se delegan competencias para la recepción de declaraciones responsables.

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El artículo 11.2.3º del Decreto 18/1991, de 21 de febrero, por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, prevé como uno de los medios de acreditar determinados extremos que han de concurrir en los beneficiarios de dichas ayudas, el otorgamiento de una declaración responsable ante autoridad administrativa.

Equiparado el concepto de "autoridad administrativa" al de "alto cargo", resulta necesario utilizar la técnica de la delegación a favor de los responsables de las correspondientes unidades gestoras, a fin de facilitar una mayor celeridad y eficacia en la tramitación de los expedientes de ayudas y subvenciones.

En su virtud, y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en los Jefes de Servicio de Planificación y Coordinación y Desarrollo Ganadero, de Santa Cruz de Tenerife, y en el Jefe de la Sección de Protección de los Vegetales, de Las Palmas de Gran Canaria, la recepción de las declaraciones responsables a que hace referencia el artículo 11.2.3º del Decreto 18/1991, de 21 de febrero.

Segundo.- Los actos que se adopten en ejercicio de esta delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se entenderán sin perjuicio de la potestad de avocar la delegación para un caso determinado o revocarla con carácter general.

DISPOSICION TRANSITORIA

Una vez cubierta la Jefatura del Servicio de Desarrollo Agrícola de Las Palmas de Gran Canaria, asumirá las funciones a que se refiere el artículo 1º de esta Resolución, quedando sin efecto la delegación conferida al Jefe de la Sección de Protección de los Vegetales.

DISPOSICION FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de agosto de 1991.- El Director General de Producción Agraria y Comercialización, Julián Albertos García.

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