Advertidos errores en la publicación del citado Informe, inserto en el Boletín Oficial de Canarias nº 70, de 24 de mayo de 1991, a continuación se transcriben las oportunas correcciones:
En la página 3043, segundo párrafo, donde dice: "A cada uno de los cuales le corresponde fiscalizar cualquier hecho económico proveniente de empresas públicas y organismos autónomos". Debe decir: "A uno de los cuales le corresponde fiscalizar cualquier hecho económico proveniente de la Comunidad Autónoma Canaria".
En la página 3047, último cuadro donde aparece %, debe aparecer 0%.
En la página 3048, columna izquierda, primer párrafo, donde dice: "... tanto solo un 24% ...".
Debe decir: "... tan solo un 24% ...".
En la página 3048, columna izquierda, penúltimo párrafo, donde dice: "... Autónoma de Canarias, conjuntamente ...".
Debe decir: "... Autónoma de Canarias), conjuntamente ...".
En la página 3048, columna izquierda, último párrafo, donde dice: "... conllevando la práctica actual de una gran parte ...".
Debe decir: "... conllevando la práctica actual que una gran parte ...".
Y donde dice: "... no se definitivamente ...".
Debe decir: "... no sea definitivamente ...".
En la página 3049, apartado 3.4.1), segunda línea, donde dice: "... tramitarán rápidamente ...".
Debe decir: "... tramitan rápidamente ...".
En la página 3052, columna izquierda, primer párrafo, donde dice: "... restarle a dicha cantidad el 26% ...".
Debe decir: "... restarle a dicha cantidad el 25% ...".
En la página 3063 (cuadro nº 15) en la tercera columna, última, donde dice: "(3.678,60)".
Debe decir: "(378,60)".
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