Habiéndose advertido que las hipótesis de cálculo determinantes de las unidades que funcionarían en el curso 1991/92, en los niveles de Preescolar, Educación General Básica y Educación Especial, publicadas en Orden inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 78, de 12 de junio de 1991, no eran las correctas, procede efectuar las oportunas rectificaciones quedando los centros que se relacionan en el anexo a esta Orden, modificados en el sentido que en el mismo se indica.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de julio de 1991.
EL CONSEJERO DE EDUCACION,
CULTURA Y DEPORTES, en funciones,
Juan M. García Ramos.
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