La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 10 de junio de 1991, por la que se establece una línea de subvenciones a la suscripción de Seguros Agrarios Combinados, en su Disposición Final Primera, faculta al Director General de Producción Agraria y Comercialización para dictar cuantas normas estime oportunas para su desarrollo.
La presente Resolución desarrolla la citada Orden en lo que se refiere a los Seguros Combinados de helada, pedrisco y viento en tomate, pimiento y berenjena.
En virtud de lo expuesto, esta Dirección General de Producción Agraria y Comercialización ha resuelto:
Artículo 1º.- La Consejería de Agricultura y Pesca, con cargo a la consignación presupuestaria 13.05.714C, línea de actuación 91.413D02, subvencionará el 25% del coste total del recibo a pagar por el tomador de los Seguros Combinados de helada, pedrisco y viento en tomate, pimiento y berenjena, durante 1991.
Artículo 2º.- Se establece una subvención adicional del 10% para todas aquellas parcelas que estén ubicadas en la isla de Fuerteventura, siendo ésta compatible y acumulable con la subvención general.
Artículo 3º.- La subvención aprobada por la Consejería de Agricultura y Pesca es compatible y acumulable a la que conceda la Entidad Estatal de Seguros Agrarios.
Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1991.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de julio de 1991.- El Director General de Producción Agraria y Comercialización, Julián Albertos García.
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