Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 096. Viernes 19 de Julio de 1991 - 1036

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Política Territorial

1036 - RESOLUCION de 9 de julio de 1991, de la Dirección General de Urbanismo, por el que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 4 de julio de 1991, que resuelve recursos de reposición interpuestos contra Acuerdo de denegación de aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Adeje en Armeñime (Tenerife).

Descargar en formato pdf

En ejecución de la legislación aplicable, por la presente R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión de 4 de julio de 1991, por el que se resuelven recursos de reposición interpuestos contra el Acuerdo de denegación de la aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Adeje en Armeñime, y cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de julio de 1991.- El Director General de Urbanismo, Francisco Montesdeoca Santana.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 4 de julio de 1991, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

"Vistos los recursos de reposición interpuestos por el Ayuntamiento de Adeje y por D. Nicolás Salas Carrió contra el Acuerdo adoptado por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias el 27 de febrero pasado, por el que se denegó la aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Adeje en Armeñime, la Comisión, a la vista de las argumentaciones de los recurrentes, acuerda estimar los recursos interpuestos y, en consecuencia, aprobar definitivamente la reseñada modificación en los términos propuestos por la Corporación municipal, con la única rectificación consistente en que el Suelo Apto para Urbanizar que se clasifica, ha de desarrollarse en un solo Plan Parcial, dada su poca entidad superficial."

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia con sede en Santa Cruz de Tenerife.

© Gobierno de Canarias