

|
|
|
La parte dispositiva de la expresada Sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallamos:
Que desestimando como desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Letrado del Estado, en nombre y representación de la Administración, contra la Sentencia de 23 de diciembre de 1987, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a que estos autos se contrae, debemos confirmar y confirmamos la misma en todos sus extremos, todo ello sin hacer expresa imposición en cuanto a las costas de esta apelación a parte determinada."
En su virtud, esta Consejería ha dispuesto la publicación de la referida Sentencia en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de junio de 1991.
EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS,
VIVIENDA Y AGUAS, en funciones,
Ildefonso Chacón Negrín.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |