Se hace saber a D. José Luis Real Cabo, con D.N.I. nº 43.356.660, titular del bar Apricop, que se halla en ignorado paradero, que en el expediente sancionador que se ha incoado por la Dirección General de Justicia e Interior de la Consejería de la Presidencia, con el nº 180/90, por infracción a la normativa sobre el juego, ha sido dictada, con fecha 26 de noviembre de 1990, providencia del Director General de Justicia e Interior del tenor literal siguiente: "Examinado el expediente nº 180/90, incoado a D. José Luis Real Cabo, titular del bar Apricop, y desprendiéndose del mismo que no existe infracción a la normativa sobre el juego, es por lo que debe procederse al sobreseimiento del expediente anteriormente citado".
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de junio de 1991.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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