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BOC Nº 089. Viernes 5 de Julio de 1991 - 975

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Educación, Cultura y Deportes

975 - DECRETO 146/1991, de 28 de junio, por el que se autoriza a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria a impartir las enseñanzas de Diplomado en Fisioterapia.

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La necesidad de mejorar la oferta universitaria en Canarias, de acuerdo con la demanda social y, en particular, en relación con los nuevos estudios que se vienen estableciendo con carácter nacional, exige un permanente esfuerzo para dotar al Archipiélago de aquellos estudios en que la importancia de tal demanda es manifiesta.

El Consejo Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria acordó, el 11 de julio de 1988 y ratificó el 11 de julio de 1989, solicitar la creación de los estudios de Diplomatura en Fisioterapia, a impartir en la Facultad de Ciencias Médicas y de la Salud de Las Palmas. A la vista de esta petición, el Consejo Universitario de Canarias, en sesión de 4 de diciembre de 1990, informó favorablemente la implantación de tales enseñanzas. En su virtud, se elevó a informe preceptivo del Consejo de Universidades, que lo emitió favorablemente con fecha 25 de junio de 1991.

En su virtud, conforme a las competencias que este Gobierno tiene atribuidas en materia de enseñanza superior por el Estatuto de Autonomía de Canarias, por la Ley de Reforma Universitaria y por la Ley 6/1984, de 30 de noviembre, de los Consejos Sociales, de Coordinación Universitaria y de Creación de Universidades, Centros y Estudios Universitarios, en desarrollo del Plan Universitario de Canarias, a petición del Consejo Social de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, a propuesta de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en funciones, en su sesión del día 28 de junio de 1991,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Se autoriza a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria a impartir las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Diplomado en Fisioterapia.

Artículo 2.- Los nuevos estudios que se crean, que se integran en la Facultad de Ciencias Médicas y de la Salud de Las Palmas de Gran Canaria, comenzarán a impartirse el próximo curso académico 1991/92. Su implantación se hará en forma gradual, comenzándose por las enseñanzas de primer curso, que se irán ampliando a los siguientes en los años sucesivos, hasta completar los que requiere dicha Diplomatura.

Artículo 3.- La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en el desarrollo de estos estudios deberá tener en cuenta las disponibilidades de personal, de instalaciones y de recursos bibliográficos suficientes para una adecuada efectividad y calidad de la nueva oferta, y se acompasará a la existencia de los créditos necesarios en los Presupuestos de la Universidad, para lo cual la Consejería de Educación, Cultura y Deportes transferirá las subvenciones correspondientes previstas en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para que dicte las disposiciones que se requieran en el desarrollo de este Decreto.

Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de junio de 1991.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, en funciones, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, en funciones, Juan M. García Ramos.

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