BOC - 1991/086. Sábado 29 de Junio de 1991 - 949

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

949 - RESOLUCION de 29 de mayo de 1991, de la Dirección General de Personal, por la que se hace pública la convocatoria para cubrir, en régimen de comisión de servicio, plazas vacantes en el Programa de Innovación Educativa "Redinet" para el curso 1991/92.

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De conformidad con lo establecido en la Orden de la Consejería de Educación de 16 de mayo de 1986 (B.O.C.A.C. nº 61, de 26.5.86), por la que se regula la concesión de comisiones de servicio a los funcionarios de carrera docentes, esta Dirección General, a propuesta de la Dirección General de Promoción Educativa, resuelve convocar concurso público de méritos para cubrir, en régimen de comisión de servicio, plazas vacantes en el Programa de Innovación Educativa "Redinet", de acuerdo con las siguientes

BASES

1.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.

1.1. Ser funcionarios de carrera docentes en servicio activo, con destino en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.

1.2. Cumplir con los requisitos contemplados en la definición de las plazas convocadas, según determina el anexo I de la presente Resolución.

2.- Plazas que se ofertan.

2.1. Los participantes podrán solicitar las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

3.- Presentación de solicitudes y documentación.

3.1. Quienes deseen participar en el presente concurso deberán cumplimentar una fotocopia del modelo de instancia que se acompaña en el anexo III de la presente Resolución por cada una de las plazas solicitadas.

3.2. Juntamente con la instancia los interesados deberán aportar hoja de servicios certificada por el centro en el que presten servicios o, en su defecto, por la autoridad educativa de la que dependan, acompañando su currículum académico y profesional, así como cuantos otros documentos permitan acreditar los méritos que aleguen de entre los que figuran en el baremo que se publica en el anexo II de la presente Resolución. 3.3. No serán tenidos en cuenta, ni por consiguiente valorados, aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente.

3.4. A efectos de aplicación del baremo, las hojas de servicios se entenderán cerradas al 30 de septiembre de 1991, excepto para los funcionarios del Cuerpo de Maestros en cuyo caso se cerrarán al 31 de agosto de 1991.

3.5. La documentación presentada podrá retirarse en la Dirección General de Promoción Educativa en el plazo de noventa días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la adjudicación definitiva de las plazas en el Boletín Oficial de Canarias.

4.- Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

4.1. La instancia, acompañada de un sobre que contenga la documentación correspondiente y una relación de los documentos aportados, deberá presentarse en la Dirección General de Promoción Educativa, calle León y Castillo, 57, planta 4ª, 35003-Las Palmas de Gran Canaria, o en los centros establecidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

4.2. En el exterior del sobre citado deberán expresarse los datos personales del aspirante y los correspondientes a la convocatoria por la que participa.

5.- Valoración de los méritos.

5.1. La selección de los aspirantes y, en su momento, las propuestas de concesión de comisión de servicio se efectuarán, atendiendo a la definición de las plazas y al baremo de méritos publicados en los anexos I y II de la presente Resolución, por una Comisión Seleccionadora integrada por los siguientes miembros:

5.1.1. Presidenta: la Directora General de Promoción Educativa, o persona en quien delegue.

5.1.2. Vocal: un Jefe de Servicio de la Dirección General de Promoción Educativa.

5.1.3. Secretario: un funcionario Auxiliar Administrativo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. 6.- Criterios para la adjudicación de las plazas.

6.1. La Comisión Seleccionadora, de acuerdo con la puntuación obtenida por los aspirantes según baremo, podrá preseleccionar cuantos candidatos estime necesarios y celebrar con ellos una entrevista personal, para completar el conocimiento de sus características personales y profesionales.

7.- Procedimiento de adjudicación de plazas.

7.1. En un plazo no superior a veinte días naturales contados desde la finalización del de presentación de solicitudes, la Dirección General de Personal hará públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos, así como la adjudicación provisional de las plazas, en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

7.2. En un plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales, se podrá presentar reclamaciones ante la Dirección General de Promoción Educativa.

7.3. Una vez estudiadas las reclamaciones presentadas, la Dirección General de Personal hará públicas las listas definitivas de admitidos y excluidos en las dependencias anteriormente citadas, publicando la adjudicación definitiva de las plazas en el Boletín Oficial de Canarias.

8.- Incompatibilidad y renuncia a la comisión de servicio.

8.1. En ningún caso se podrá obtener plaza en comisión de servicio por la presente convocatoria si se hubiera obtenido otra plaza en comisión de servicio para el curso 1991/92 por alguna convocatoria anterior.

8.2. Una vez publicada la adjudicación definitiva no se aceptará la renuncia a la plaza obtenida, quedando el profesor adscrito en comisión de servicio en el Programa de Innovación Educativa "Redinet", salvo que la propia Administración, por razones de servicio, revoque la concesión de la misma.

8.3. Las plazas que resulten vacantes, bien por ausencia de candidatos o por presentar su renuncia alguno de los seleccionados, se cubrirán mediante adscripción por un solo curso, a propuesta de la Dirección General de Promoción Educativa.

9.- Toma de posesión y vigencia de la comisión de servicio.

9.1. La toma de posesión será la que disponga la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en su Orden reguladora del comienzo del curso 1991/92.

9.2. El nombramiento en comisión de servicio tendrá validez para el curso 1991/92, pudiendo prorrogarse por un máximo de tres cursos más, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:

9.2.1. Que el interesado lo solicite en tiempo y forma.

9.2.2. Que exista vacante de la misma definición para el curso 1992/93.

9.2.3. Que no se produzca informe negativo de su actuación.

10.- Interpretación de la presente Resolución. 10.1. Corresponde a la Dirección General de Personal, previa consulta a la Dirección General de Promoción Educativa, resolver cualquier duda o reclamación planteadas acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la modificación de los plazos fijados en la misma, en caso necesario.

11.- Presencia sindical.

11.1. Se garantiza la presencia de los sindicatos representativos del sector a lo largo del procedimiento regulado por la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer recurso de reposición, ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de mayo de 1991.- El Director General de Personal, Fernando Hernández Guarch. A N E X O I

Relación de plazas convocadas para el Programa de Innovacion Educativa "Redinet".

Número de plazas: 3.

Definición de las plazas:

- Cabecera de Zona.

. Coordinador General del Proyecto "Redinet" (Coordinador A).

Ubicación: C.E.P. de Las Palmas.

- Terminal de Gran Canaria.

. Documentalista, Licenciado en Ciencias de la Educación o Psicología (Coordinador B).

Ubicación: C.E.P. de Las Palmas.

- Terminal de Tenerife.

. Documentalista, Licenciado en Ciencias de la Educación o Psicología (Coordinador B).

Ubicación: C.E.P. de La Laguna.

1.- Coordinador General del Proyecto "Redinet".

Se adscribirá a los servicios centrales del Proyecto "Redinet", con las siguientes funciones:

a) Coordinar las funciones del personal de documentación.

b) Llevar las relaciones del proyecto con las autoridades del Programa de Innovación Educativa de la Dirección General de Promoción Educativa.

c) Coordinar la información y documentación recibida de los distintos puntos de la Red que pueda crearse dentro del territorio de la Comunidad Autónoma, así como las que se generen en otros puntos del Estado. d) Formar y dar instrucciones a los responsables de las terminales sobre el acceso, manejo y utilización de la Base de Datos.

e) Seleccionar y revisar los documentos vaciados para su posterior introducción en la Base de Datos "Redinet" o su remisión a la Base de Datos Nacional o Autonómica, que a tal fin, autorice y convenga a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

f) Representar al proyecto "Redinet" en la Comisión Técnica o en la Comisión Permanente.

g) Presentar en la Dirección General de Promoción Educativa, antes del 31 de julio de cada año, una Memoria expositiva del desarrollo del proyecto a lo largo del curso académico que finaliza, conteniendo en todo caso datos relativos a:

1. Volumen de documentación recibida, vaciada y registrada.

2. Grado de utilización y demanda de la Base de Datos por parte de los usuarios.

3. Otros datos del proyecto.

2.- Documentalista/Licenciado en Ciencias de la Educación o Psicología.

Sus funciones serán las siguientes:

- Vaciar las investigaciones en las fichas elaboradas para tal fin.

- Utilizar tesauros.

- Colaborar en la confección del Fondo Histórico de las Universidades de Canarias.

- Colaborar en la introducción de los vaciados en la Base de Datos "Redinet" u otras.

- Atender las demandas de los usuarios a través de su búsqueda en la Base de Datos.



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