BOC - 1991/083. Lunes 24 de Junio de 1991 - 926

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

926 - DECRETO 113/1991, de 5 de junio, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto "Carretera C-820 de Santa Cruz de Tenerife a Guía de Isora por el norte, pp.kk. 52,800 al 55,700.Variante norte de Icod de los Vinos".

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Examinado el expediente incoado al efecto por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, para la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto "Carretera C-820 de Santa Cruz de Tenerife a Guía de Isora por el norte, pp.kk. 52,800 al 55,700. Variante norte de Icod de los Vinos" y teniendo en cuenta que se acreditan en el mismo los requisitos legales exigidos para producir tal declaración de urgencia que se contraen a:

1.- La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de derechos afectados por la expropiación, resultan implícitas en la aprobación del proyecto de referencia, a tenor de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, que se declara de aplicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Territorial 2/1989, de 15 de febrero, de Normas Provisionales de Carreteras para Canarias.

2.- La urgencia se basa en la necesidad de desviar el tráfico del interior de la ciudad de Icod de los Vinos, con lo que se evitan las interrupciones del tráfico, elevando el nivel de servicio y la seguridad del mismo, de acuerdo con el proyecto de trazado aprobado definitivamente por Orden de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de 10 de noviembre de 1990.

3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados por la expropiación mediante publicación de edicto en el Boletín Oficial de Canarias nº 3, de 7 de enero de 1991, y por exposición al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, habiéndose producido alegaciones sobre las cuales el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas dictó resolución con fecha 10 de abril de 1991.

Vistos el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y los artículos 56 y siguientes del Reglamento para su desarrollo, a propuesta de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y previa deliberación del Gobierno en funciones en su sesión del día 5 de junio de 1991,

SE ACUERDA

1. Declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto "Carretera C-820 de Santa Cruz de Tenerife a Guía de Isora por el norte, pp.kk. 52,800 al 55,700. Variante norte de Icod de los Vinos", aprobado por Orden de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de 10 de noviembre de 1990.

Los bienes y derechos cuya urgente ocupación se declara, quedan descritos en forma individualizada, con indicación de sus titulares en el anexo al presente Decreto.

2. Los interesados podrán formular ante el organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes y derechos afectados.

3. Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación, podrá interponerse recurso de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación o notificación en su caso. Y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a partir de la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si éste fuera expreso, o de un año desde su interposición, si no lo fuere expresamente.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de junio de 1991. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, en funciones, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, en funciones, Ildefonso Chacón Negrín.

A N E X O

RELACION DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS



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