Por D. Antonio y Dña. Candelaria Suárez Cabrera se ha solicitado autorización para aprovechar aguas públicas que discurren por el Barranco de Fataga, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), con un volumen máximo anual de 720 m3, mediante un tomadero en el cauce con destino a riegos.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 152/1990, de 31 de julio, por el que se aprueban las Normas Provisionales reguladoras del régimen de explotación y aprovechamiento del Dominio Público Hidráulico, y artículos 109 y 110 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, con las particularidades señaladas en el artículo 129 del mismo, se concede un plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, a fin de que los que se consideren perjudicados examinen el expediente en el Servicio Hidráulico de Las Palmas, donde deberán dirigir por escrito las alegaciones pertinentes.
Las Pamas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 1991.- El Jefe del Servicio, José Jiménez Suárez.
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