BOC - 1991/082. Viernes 21 de Junio de 1991 - 909

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

909 - RESOLUCION de 10 de junio de 1991, de la Dirección General de Personal, por la que se dictan instrucciones para la petición de destino provisional para el curso 1991/92.

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Como quiera que, en virtud de las Resoluciones de esta Dirección General de 1 de junio de 1989 (B.O.C. nº 81, de 14.6.89) y de 25 de mayo de 1990 (B.O.C. nº 72, de 11.6.90), los profesores con destino provisional durante el presente curso en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, concluyen su nombramiento el día 31 de agosto de 1991, en el caso del Cuerpo de Maestros, o bien el día 30 de septiembre de 1991, en el caso de los restantes Cuerpos docentes no universitarios, siendo necesario asignarles destino provisional para el curso 1991/92 y con la finalidad de garantizar al máximo una correcta planificación del próximo curso, cubriendo las plazas vacantes existentes con la premura que requiere el servicio educativo,

Esta Dirección General, en el ánimo de unificar las peticiones de puestos de trabajo en un solo modelo que pueda ser objeto de tratamiento informático, resuelve dictar las siguientes

INSTRUCCIONES

I.- Cuerpo de Maestros.

1. Profesores participantes.

Todos los maestros que no tengan destino definitivo para el curso 1991/92, bien por pérdida del que tuvieron, bien porque nunca lo hayan obtenido en el concurso de traslados, deberán asistir, por sí mismos o por representantes legalmente constituidos, al acto público de adjudicación de destinos provisionales que se celebrará, durante la primera semana del mes de septiembre de 1991, en las sedes de las Direcciones Territoriales de Educación.

II.- Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

1. Profesores participantes.

Deberán participar obligatoriamente en el presente proceso de adjudicación de destinos provisionales los profesores que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes:

a) Profesores con destino definitivo que hayan sido desplazados forzosos de su centro por carecer de horario lectivo durante el curso 1990/91. b) Profesores que permanezcan en expectativa de destino para el curso 1991/92 tras la resolución del correspondiente concurso de traslados. c) Profesores interinos con nombramiento para el curso 1990/91. d) Profesores interinos de sustitución con nombramiento durante el curso 1990/91, cualquiera que haya sido la duración del mismo.

2. Presentación de solicitudes.

Todos los profesores comprendidos en el apartado anterior deberán cumplimentar una fotocopia del modelo de instancia que se acompaña como anexo I de la presente Resolución, relacionando, por orden de preferencia, los códigos correspondientes a los centros en los que deseen prestar sus servicios, según se contempla en el anexo II de la presente Resolución.

3. Lugar y plazo de presentación de solicitudes. Las instancias se presentarán en cualquiera de las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

4. Adjudicación de destinos provisionales.

4.1. La Dirección General de Personal, mediante procedimiento informático de las instancias recibidas en tiempo y forma, procederá a la adjudicación de las plazas vacantes durante el mes de septiembre de 1991.

4.2. Los profesores citados en los apartados 1.a) y 1.b) de la presente Resolución que no aporten la solicitud correspondiente obtendrán de oficio destino provisional para el curso 1991/92.

4.3. Asimismo, los profesores interinos e interinos de sustitución que no relacionen en su solicitud un número suficiente de centros para obtener destino provisional lo obtendrán de oficio.

4.4. Los profesores interinos e interinos de sustitución que no presenten la solicitud correspondiente perderán su derecho a continuar en la lista de su especialidad o en cualquier otra en que se encuentren incluidos.

Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer recurso de reposición, ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de junio de 1991.- El Director General de Personal, Fernando Hernández Guarch.

Ver anexos - páginas 3818-3820



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