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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Resolución sancionadora recaída en el expediente incoado con motivo de infracciones a la normativa de transportes por carretera, y haciendo uso de la facultad contemplada en el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, las Resoluciones que han recaído en los expedientes sancionadores instruidos en esta Dirección General por infracciones a la legislación de transportes por carretera.
Contra las Resoluciones que por la presente se notifican, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de esta Resolución. 2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) TITULAR: Mateo Pérez Díaz; Nº EXPTE.: GC-90-8-1526-O; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; MATRICULA: GC-2821-U; INFRACCION: artº. 103 LOTT, artº. 141.b) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
2) TITULAR: Felipe Pérez Marte; Nº EXPTE.: GC-90-10-1884-O; POBLACION: Santa Lucía de Tirajana; MATRICULA: GC-6585-P; INFRACCION: artº. 140.c) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 400.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: transportar exceso de peso.
3) TITULAR: Servicios de Ttes. y Excavaciones Rodríguez Rodríguez, S.L.; Nº EXPTE.: GC-90-11-2153-O; POBLACION: Agüimes; MATRICULA: GC-0744-AF; INFRACCION: artículos 103 y 141.b) LOTT, artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. 8.10.90); CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio privado de mercancías.
4) TITULAR: Pérez Saavedra Hermanos, S.A.; Nº EXPTE.: GC-90-11-2205-O; POBLACION: Pájara; MATRICULA: GC-3669-AT; INFRACCION: artículos 103 y 141.b) LOTT, artículos 158 y 198.b) Real Decreto 1.211/1990 (B.O.E. 8.10.90); CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio privado de mercancías.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de mayo de 1991.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.
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