Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 081. Miércoles 19 de Junio de 1991 - 867

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.la Presidencia

867 - ANUNCIO de 28 de mayo de 1991, de la Dirección General de Justicia e Interior, relativo a notificación de expediente sancionador incoado a D. Evaristo González Reyes, titular de la empresa operadora 12254, en ignorado paradero, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nº 115/90.

Descargar en formato pdf

Se hace saber a D. Evaristo González Reyes, con D.N.I. nº 42.938.717, titular de la empresa operadora 12254, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador que se ha incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, con el nº 115/90, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, recayendo Orden del Consejero de la Presidencia por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por D. Evaristo González Reyes, contra la Orden del Consejero de la Presidencia de 20 de septiembre de 1990, por la que se le impone la multa de dos millones de pesetas, por la instalación en el bar Santa Marta, sito en La Zamora, Los Realejos, Carretera General La Zamora, 94, de la máquina recreativa tipo "B", TF-B-3157, modelo B-1685, serie E-677, que en el momento de levantar el Acta de Infracción, carecía de Guía de Circulación, Boletín de Instalación y justificante de haber abonado la Tasa Fiscal sobre el Juego correspondiente al primer semestre de 1990. Asimismo, la máquina anteriormente citada se encuentra instalada de forma ilegal en virtud de la Orden del Consejero de la Presidencia de 15 de febrero de 1988, por la que se le impone la multa de un millón de pesetas y suspensión por un año del título de empresa operadora. Confirmándose, por otro lado, el precinto cautelar efectuado a la citada máquina TF-B-3157. Tales hechos se estimaron constitutivos de infracción a lo dispuesto en los artículos 11, 12, 17.2, 30.1.b) y d) y 31.1.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias; y se tipifican como muy graves en los artículos 39, apartados 1, 2 y 6 del Decreto anteriormente citado, y 21.2.1.d), g) y n) de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias.

Contra esta Orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponer ante esta Consejería, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribuanl Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si ésta fuera expresa, o un año desde su interposición si no lo fuera, en virtud del artº. 52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 1991.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.

© Gobierno de Canarias