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Resultando que, tramitado el expediente en forma reglamentaria, la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife, acompañándolo de informes preceptivos del Servicio de la Inspección Educativa correspondiente y de la Unidad Tecnica, lo elevó a la Dirección General de Planificación, Construcciones y Equipamiento Escolar, que formula Propuesta de Resolución favorable a la ampliación solicitada.
Resultando que, según datos que obran en el Registro de Centros el centro tiene transformación y clasificación definitiva como centro homologado de Bachillerato con 10 unidades, con fecha 11 de abril de 1990.
Vistos el Decreto 1.855/1974, de 7 de junio (B.O.E. de 10 de julio), la Orden Ministerial de 22 de mayo de 1978 (B.O.E. de 2 de junio), y demás disposiciones en vigor.
Considerado que las aulas propuestas para la ampliación solicitada reúnen los requisitos exigidos por la normativa en vigor y satisfacen necesidades de escolarización en la zona donde está ubicado el centro.
Esta Consejería ha resuelto:
Autorizar al centro privado de Bachillerato "Conde de Benavente" la ampliación de 2 nuevas unidades de Bachillerato, que se suman a las anteriormente autorizadas para quedar así constituido por un total de 12 unidades de Bachillerato.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de mayo de 1991.
EL CONSEJERO DE EDUCACION,
CULTURA Y DEPORTES,
Juan M. García Ramos.
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