Visto el Texto Refundido de la modificación del Plan Especial del casco urbano de La Orotava; y
Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias (C.U.M.A.C.), en sesión celebrada el 9 de enero de 1991, acordó su aprobación definitiva condicionada a la subsanación de determinados reparos.
Resultando que el Servicio Técnico de la Dirección General de Urbanismo informa que han sido subsanados los reparos señalados por la C.U.M.A.C. Considerando que es competente este Departamento para tomar conocimiento del documento rectificado, conforme al mandato contenido en el Acuerdo anteriormente mencionado.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Tomar conocimiento del Texto Refundido de la modificación puntual del Plan Especial del casco urbano de La Orotava.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de mayo de 1991.
EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Augusto C. Menvielle Laccourreye.
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