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BOC Nº 077. Lunes 10 de Junio de 1991 - 827

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Agricultura y Pesca

827 - ORDEN de 27 de mayo de 1991, por la que se modifica Orden de 17 de abril de 1989, que reguló la concesión de subvenciones para gastos corrientes de las Cofradías de Pescadores, sus Asociaciones y Federaciones.

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Debido a la dificultad, por parte de algunas Cofradías de Pescadores, de presentar la correspondiente solicitud para acogerse a esta línea de ayudas dentro del plazo previsto por la Orden de 17 de abril de 1989 y, a fin de facilitarles dicha solicitud, teniendo en cuenta el interés social de estas ayudas, que suponen un considerable auxilio para los costes básicos de funcionamiento y gestión que se le plantean a este tipo de instituciones, a propuesta del Iltmo. Sr. Director General de Pesca y en uso de las facultades a mí conferidas por el Decreto 18/1991, de 21 de febrero, regulador del régimen de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- Se modifica el artículo 6º de la Orden de 17 de abril de 1989 (B.O.C. nº 59, de 26.4.89), por la que se regula la concesión de subvenciones para gastos corrientes de las Cofradías de Pescadores, sus Asociaciones y Federaciones, quedando redactado como se dispone en el anexo de la presente Orden.

Artículo 2º.- En lo no previsto en la citada Orden, y en la de 17 de abril de 1989, se estará a lo preceptuado en el Decreto 18/1991, de 21 de febrero, por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 1991.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y PESCA, en funciones, Antonio A. Castro Cordobez.

A N E X O

El artículo 6º queda redactado de la siguiente manera: "Las solicitudes, acompañadas de la preceptiva documentación, se presentarán en los siguientes plazos:

En el año 1991, hasta el día 15 de junio.

En los años siguientes, desde el 1 de febrero hasta el 31 de marzo."

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