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BOC Nº 077. Lunes 10 de Junio de 1991 - 801

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

801 - RESOLUCION de 10 de junio de 1991, del Tribunal que ha de juzgar el concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Educación Física, convocado por Orden de 30 de abril de 1991, por la que se hacen públicos la fecha, la hora y el lugar en que efectuarán los opositores el acto de presentación.

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De acuerdo con lo establecido en la base común 6, apartado 6.1 de la Orden de 30 de abril de 1991 (B.O.C. nº 57, de 2.5.91), se cita a los señores opositores admitidos al concurso-oposición para la provisión de plazas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Educación Física, para realizar el acto de presentación el día 2 de julio de 1991 a las 11 horas en el I.F.P. "Puerto de la Cruz" sito en la calle Cabezas, s/n, Puerto de la Cruz, Tenerife.

Los opositores que no asistan al acto de presentación serán excluidos del concurso-oposición, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

Los aspectos de carácter práctico a que se refiere el subapartado 6.9.3 de la Orden de convocatoria comenzarán el día 3 de julio de 1991 a las 10 horas en los mismos locales en que se efectúe la presentación.

Los citados aspectos prácticos de la prueba consistirán en: 1.- El Tribunal proyectará un vídeo con el desarrollo de una sesión práctica de Educación Física, en una situación real de enseñanza determinada.

2.- A continuación, el opositor deberá contestar por escrito a las siguientes cuestiones referidas al mismo:

2.1. Identificación de los objetivos que se pretenden conseguir.

2.2. Identificación de los métodos, técnicas, contenidos y estrategias de enseñanza. 2.3. Identificación de los planteamientos de organización, desarrollo y control.

2.4. Reconocimiento de las situaciones habituales en la enseñanza de la Educación Física: físicas, técnicas, tácticas, correctivas y didácticas. 2.5. Localización de errores.

2.6. Análisis crítico de la sesión y presentación de alternativas razonadas para su mejora.

3.- El tiempo máximo de realización del ejercicio se fijará a criterio del Tribunal.

4.- Las respuestas a que se refiere el epígrafe 2 deberá leerlas el opositor ante el Tribunal tras su exposición del tema correspondiente.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de junio de 1991.- El Presidente del Tribunal, Mª Corina Toste González.

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