BOC - 1991/076. Viernes 7 de Junio de 1991 - 757

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.la Presidencia

757 - ORDEN de 17 de mayo de 1991, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en recurso de suplicación nº 536/90, recaída en virtud de autos nº 482/88 promovidos por D. Sebastián López Rodríguez.

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Vista la Sentencia de 15 de enero de 1991, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en recurso de suplicación nº 536/90, interpuesto en nombre y representación del Gobierno de Canarias, contra la Sentencia de 12 de septiembre de 1990, recaída en autos nº 482/88 promovidos a instancia de D. Sebastián López Rodríguez, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Fallamos.-

Que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la Consejería del Gobierno de Canarias, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Uno de esta capital, de fecha doce de septiembre de mil novecientos noventa, en virtud de demanda deducida por D. Sebastián López Rodríguez, y, en su consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la Sentencia de instancia."

Que la Sentencia estimada de 12 de septiembre de 1990 reconoce en el fallo lo siguiente:

"Fallo.-

Que estimo íntegramente la demanda promovida por D. Sebastián López Rodríguez contra la Consejería de la Presidencia del Gobierno de Canarias, Comunidad Autónoma de Canarias, declaro hallarse el actor ubicado a efectos retributivos y laborales en el Grupo III del Convenio aplicable y condeno a la demandada a un reconocimiento con efectos económicos desde el mes de marzo 87 y al abono al actor, en consecuencia de 1.589.238 ptas."

Visto que la Sentencia expuesta, siendo firme, reconoce el derecho a D. Sebastián López Rodríguez, a estar ubicado a efectos retributivos y laborales en el Grupo III del Convenio aplicable con efectos económicos desde el mes de marzo de 1987.

Procediendo a la ejecución de la misma, en uso de las facultades que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Proceder al cumplimiento, en sus propios términos, de la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas de 15 de enero de 1991.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de mayo de 1991.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.



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