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BOC Nº 076. Viernes 7 de Junio de 1991 - 812

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

812 - RESOLUCION de 14 de mayo de 1991, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Propuestas de Resolución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Propuesta de Resolución del expediente incoado con motivo de denuncias o Actas de Inspección formuladas contra aquellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Nº EXPTE.: 519/90; TITULAR: Francisco Casanova Llarena; ESTABLECIMIENTO: restaurante "Costa Brava"; POBLACION: Los Abrigos-Granadilla de Abona; HECHO INFRACTOR: no haber comunicado el cambio de titularidad a la Consejería de Turismo y Transportes, según consta en el Acta de Inspección nº 0009597, de 6 de noviembre de 1990, y en el informe emitido por el Negociado correspondiente; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 2º en relación con el artículo 5º de la Orden de 23 de septiembre de 1988 (B.O.C. de 7.10.88); CALIFICACION: leve, en base al artículo 8.c) en relación con el artº. 7.d) de la Ley 3/1986, de 8 de abril (B.O.C. de 11.4.86); SANCION: 50.000 ptas.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de mayo de 1991.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Pedro J. García Artiles.

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