Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 073. Viernes 31 de Mayo de 1991 - 720

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Política Territorial

720 - ORDEN de 3 de mayo de 1991, por la que se resuelve el recurso de reposición contra la Orden de 7 de marzo de 1989, por la que se aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria.

Descargar en formato pdf

Resultando que, por el Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial se dictó, con fecha 7 de marzo de 1989, Orden Departamental por la que en base a las competencias establecidas en el artículo 26 del Decreto 16/1986, de 24 de enero, y previos los informes emitidos por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias y el Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, se aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, estableciéndose la inmediata entrada en vigor de los sectores señalados en el dispongo primero.

Resultando que, contra la referida Orden Departamental se han interpuesto varios recursos de reposición, solicitando todos ellos la supresión de la unidad de actuación número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, denominada Isleta-Lazareto, o la exclusión de la misma de las parcelas propiedad de los distintos recurrentes.

Considerando que, los citados recurrentes argumentaron la falta de viabilidad económica de la unidad de actuación número 2, la imposibilidad de una distribución justa de los beneficios y las cargas o la improcedencia de que sus respectivas parcelas estén comprendidas en una unidad de actuación cuando no están afectadas por la implantación de nuevos servicios, zonas verdes u otros equipamientos.

Considerando que, conforme al artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo se han acumulado los expedientes administrativos correspondientes a los recursos de reposición contra la citada Orden Departamental interpuestos por D. José Rodríguez Corvo, en nombre y representación de la entidad mercantil Refinería Canaria, S.A. (RACSA), D. Eugenio M. Santana Alvarez, Dña. Gloria Heros Salvat, D. Juan Carlos Jiménez Socorro, D. Juan Anastasio Moreno Luján, D. Juan Santiago Jiménez Molinero, Dña. Dolores Socorro Soto, Dña. María Acosta Fernández y D. Antonio Nicolás Jiménez Socorro.

Considerando que, los equipamientos y espacios libres que establece el Plan General de Ordenación Urbana en la zona requieren de la técnica legal de la unidad de actuación para una justa distribución de los beneficios y las cargas, toda vez que dichos equipamientos y espacios libres no se muestran en su sistema general.

Considerando que, la unidad de actuación número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, denominada Isleta-Lazareto, carece de la viabilidad económica exigida en el artículo 117 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, procede anular la delimitación del citado Polígono y ordenar una nueva delimitación de dos o más Polígonos por el procedimiento establecido en el artículo 38 del Reglamento de Gestión con el consiguiente sometimiento a información pública del correspondiente expediente administrativo a fin de evitar la indefensión de los administrados interesados.

Considerando que, es competencia del Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial del Gobierno de Canarias la presente Resolución conforme al artículo 29 del Decreto 16/1986, de 24 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Política Territorial y se distribuyen las competencias entre sus órganos, en relación con el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Vistos informes emitidos, Texto Refundido de la Ley del Suelo, Decreto 16/1986, de 24 de enero, y demás normas de general y pertinente aplicación,

D I S P O N G O:

Estimar parcialmente los recursos interpuestos contra la Orden Departamental de 7 de marzo de 1989, por la que se aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, y en consecuencia anular la delimitación del Polígono correspondiente a la unidad de actuación número 2, denominada Isleta-Lazareto, y ordenar una nueva delimitación de dos o más Polígonos por el procedimiento establecido en el artículo 38 del Reglamento de Gestión, con el consiguiente sometimiento a información pública del expediente administrativo correspondiente.

Notifíquese la presente resolución al Ayuntamiento y al interesado recurrente, advirtiéndole que la misma agota la vía administrativa, y contra ella cabe recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia dentro del plazo de dos meses contados desde su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 1991.

EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Augusto C. Menvielle Laccourreye.

© Gobierno de Canarias