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BOC Nº 072. Miércoles 29 de Mayo de 1991 - 696

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Turismo y Transportes

696 - RESOLUCION de 17 de mayo de 1991, de la Dirección General de Transportes, por la que se delegan competencias en el Jefe del Servicio de Inspección y Sanciones y en el de Apoyo y Coordinación.

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Por Resolución de 9 de marzo de 1984, de esta Dirección General de Transportes, fue delegado en los entonces Directores Territoriales de Transportes el ejercicio de determinadas competencias propias de este Centro Directivo en virtud del Decreto Territorial 26/1984, de 27 de enero. Habiendo desaparecido este esquema organizativo territorializado, a raíz, fundamentalmente, del proceso de transferencias de competencias a los distintos Cabildos Insulares del Archipiélago Canario, y en aras de mayores y mejores índices de eficacia y celeridad en la tramitación de los asuntos, esta Dirección General de Transportes, previa conformidad del Consejero de Turismo y Transportes, ha resuelto:

Primero.- Delegar en el Jefe del Servicio de Inspección y Sanciones y en el de Apoyo y Coordinación la resolución de los procedimientos sancionadores incoados con motivo de infracciones a la normativa en materia de transportes.

Segundo.- Convalidar las Resoluciones que hayan dictado, con anterioridad a esta delegación, los titulares de los Servicios citados, dentro de los procedimientos correctivos referidos. Tercero.- En las Resoluciones de los Jefes de los Servicios de Inspección y Sanciones y Apoyo y Coordinación se hará constar que las mismas se adoptan por delegación, entendiéndose dictadas por la Dirección General de Transportes.

Cuarto.- Contra dichos actos resolutorios dictados en ejercicio de las competencias delegadas en la presente Resolución, cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Turismo y Transportes. Quinto.- La delegación de competencias prevista en esta Resolución se entiende revocable en cualquier momento, pudiendo ser avocadas dichas competencias por la autoridad delegante en cuantos asuntos considere oportunos.

Sexto.- Queda sin efecto la Resolución de esta Dirección General de Transportes de 9 de marzo de 1984.

Séptimo.- La presente Resolución será efectiva el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de mayo de 1991.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.

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