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BOC Nº 068. Miércoles 22 de Mayo de 1991 - 666

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

666 - RESOLUCION de 29 de abril de 1991, de la Dirección General de Personal, por la que se convoca concurso público de méritos para cubrir con carácter temporal plazas de apoyo en centros públicos ubicados en centros convivenciales.

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Siendo necesario suplementar la acción educativa de los profesores destinados en centros públicos ubicados en centros convivenciales, reforzando la docencia, la realización de actividades extraescolares de adaptación, orientación y ocio, esta Dirección General resuelve convocar concurso público de méritos con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Requisitos que deben reunir los aspirantes.

Todos los participantes deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) Ser profesor de E.G.B. y haber ocupado plaza como tal en un centro público dependiente de la Comunidad Autónoma de Canarias al menos durante seis meses en el curso 1990/91.

b) Las que se especifican en cada puesto de trabajo.

Segunda.- Plazas que se ofertan.

Los puestos de trabajo, con expresión de la habilitación correspondiente a cada uno de ellos, se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

Tercera.- Los profesores participantes deberán cumplimentar la instancia cuyo modelo figura en el anexo II de la presente Resolución, adjuntando a la misma la documentación acreditativa de los méritos alegados, así como la Memoria a que se alude en el anexo III de la presente convocatoria.

Cuarta.- Lugar y plazo de presentación.

Las solicitudes, así como la documentación acreditativa de cumplir los requisitos y de los méritos alegados, se presentarán en las Direcciones Territoriales u Oficinas Insulares de Educación, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinta.- Adjudicación de las plazas.

1. Con la finalidad de llevar a cabo la selección de los participantes se designará una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes miembros: Presidente: el Director Territorial de Educación para la provincia de Las Palmas.

Vicepresidente: el Director Territorial de Servicios Sociales para la provincia de Las Palmas.

Vocales:

- Un Inspector educativo de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

- Un Inspector de la Consejería de Trabajo, Sanidad y Servicios Sociales.

- El Director del centro docente.

Secretario: un funcionario de la Dirección Territorial de Educación, sin voz ni voto.

2. La citada Comisión Evaluadora aplicará para la valoración de los méritos el baremo que figura como anexo III de la presente Resolución.

3. Si la Comisión Evaluadora estimara oportuno la celebración de una entrevista con alguno de los participantes, convocará a los interesados mediante telegrama, con una antelación de cinco días naturales como mínimo.

Sexta.- Procedimiento para la adjudicación de plazas.

1. La Dirección General de Personal, a la vista de la propuesta efectuada por la Comisión Evaluadora, hará pública en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares la resolución provisional del concurso.

2. En el plazo de cinco días naturales contados a partir de la publicación de la resolución provisional podrán los interesados presentar reclamaciones a la misma en las dependencias citadas en el apartado anterior.

3. Una vez estudiadas las reclamaciones presentadas, la Dirección General de Personal publicará la resolución definitiva del concurso en el Boletín Oficial de Canarias.

Séptima.- Toma de posesión y vigencia de la adscripción temporal.

1. La incorporación a los puestos de trabajo será la que determine la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en su Orden reguladora del comienzo del curso 1991/92.

2. La adscripción temporal tendrá validez por un año, pudiéndose renovar si persisten las condiciones educativas del centro y las administrativas del profesor. En el caso de que obtuviese esta adscripción un profesor con destino definitivo tendrá carácter de comisión de servicios.

Octava.- Presencia sindical.

Se garantiza la presencia de los sindicatos representativos del sector a lo largo del procedimiento regulado por la presente Resolución.

Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer recurso de resposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de abril de 1991.- El Director General de Personal, Fernando Hernández Guarch.

A N E X O I

Puestos de trabajo que se ofertan.

- C.P. La Montañeta, Las Palmas de Gran Canaria, 5 puestos.

1. Requisitos generales.

Ser profesor de E.G.B. y haber ocupado plaza como tal en un centro público dependiente de la Comunidad Autónoma de Canarias al menos durante seis meses en el curso 1990/91.

2. Perfil de los puestos.

2.1. Un profesor que deberá ocuparse de la acogida y reeducación en los ciclos inicial y medio, formando parte del equipo de psicopedagogía. Sin requisito específico.

2.2. Un profesor de apoyo general que deberá, en su caso, acompañar a los alumnos del centro convivencial que se integren en colegios de la zona. Sin requisito específico.

2.3. Un profesor para realizar actividades de educación de adultos, para mayores de 16 años. Sin requisito específico.

2.4. Un profesor para formar parte del equipo de psicopedagogía. Especialista en Pedagogía Terapéutica.

2.5. Un profesor para integrarse en el equipo de psicopedagogía. Licenciado en Pedagogía. Orientador Escolar.

Los miembros integrantes del equipo de psicopedagogía deberán realizar las siguientes funciones:

a) Acogida del alumno:

- Diagnóstico y exploración psicopedagógica.

- Terapia conductual o adaptación al centro.

- Determinación de pautas de actuación y plan de trabajo del alumno.

b) Atención ordinaria, individual y grupal, de cada uno de los alumnos.

- Diagnóstico psicopedagógico de los ya acogidos.

- Determinación de pautas de actuación y plan de trabajo de cada alumno.

- Evaluación del aprendizaje.

- Relaciones con la familia.

c) Atención puntual individual en caso de conflicto:

- Análisis de la conducta.

- Tratamiento adecuado por miembros del equipo.

- Búsqueda de condiciones favorables para la reinserción de su tutoría.

A N E X O II

D. ................................................................, con D.N.I. nº .........................., con domicilio y teléfono a efectos de notificaciones ................................. .........................................., teléfono .......................

Declara ser cierto lo siguiente:

Cumplir los requisitos que se exigen para el desempeño de la plaza a que aspira.

Estar en la siguiente situación administrativa para el curso 1990/91 ................................. .

Solicita le sea adjudicada la vacante anunciada en el C.P. la Montañeta para profesores de apoyo con el número ............... .

Adjunta para su baremación:

Memoria individual o colectiva con .................. ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................(Nombre de los otros participantes en el equipo)

Certificación de la Dirección Territorial con expresión de la antigüedad en el servicio.

Las Palmas de Gran Canaria, a ........ de ............ ................... de 1991.

(Firmado)

ILTMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES.

A N E X O III

BAREMO DE MERITOS

1.- Por la idoneidad y capacidad de los aspirantes, evaluadas a través de una Memoria que contenga el proyecto del plan de trabajo sobre la vacante a que aspira y, en su caso, de una entrevista con la Comisión Evaluadora hasta 5 puntos.

2.- Deseando primar aquellos proyectos colectivos, se aumentará en un 20%, 25%, 30% ó 50% la puntuación alcanzada en la Memoria cuando venga firmada por 2, 3, 4, ó 5 aspirantes a otras tantas plazas distintas. En este caso la nota máxima podrá alcanzar hasta 7,5 puntos.

3.- Por antigüedad en el ejercicio de la función docente, 0,5 puntos por año hasta 4 puntos

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