Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 064. Jueves 16 de Mayo de 1991 - 692

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales

692 - RESOLUCION de 2 de mayo de 1991, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifican Propuestas de Resolución recaídas en expedientes sancionadores incoados por la Dirección Territorial de Salud de Las Palmas.- Exptes. núms. 23/90 y 8/91.

Descargar en formato pdf

No teniendo constancia esta Secretaría General Técnica del domicilio de las personas que a continuación se citan, y siendo preciso notificarles las Propuestas de Resolución correspondientes a los expedientes núms. 23/90 y 8/91 incoados por la Dirección Territorial de Salud de Las Palmas,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a las personas que a continuación se citan, las Propuestas de Resolución recaídas en los expedientes instruidos por infracción de la legislación en materia sanitaria.

El interesado podrá alegar lo que estime conveniente a su derecho en el plazo de 8 días a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución, ante la Dirección Territorial de Salud de Las Palmas.

2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, las presentes Propuestas de Resolución para su publicación en el tablón de edictos.

1) Nº EXPTE.: 23/90; TITULAR: Dña. Pilar Romero Arellano; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHOS INFRACTORES: el techo tiene a la vista tuberías del edificio por lo que no es liso, lo que impide una limpieza correcta; las ventanas del obrador carecen de telas mosquiteras contra insectos; carece de registro sanitario la industria; PRECEPTOS INFRINGIDOS: los artículos 7.2, ap. 2,7 y 8 del Decreto 2.419/1978, de 19 de mayo, en relación con el artº. 35.a), I de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril; SANCION: leve; CANTIDAD: veinticinco mil (25.000) pesetas.

2) Nº EXPTE.: 8/91; TITULAR: Croasantería Mercado, S.L.; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHOS INFRACTORES: carecen de carnet de manipuladores de alimentos Dña. Elizabeth Bausper y Dña. Juana González Domínguez; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 3.a) del Real Decreto 2.505/1983, de 4 de agosto, en relación con el artº. 35.a), 1 de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril; SANCION: leve; CANTIDAD: cincuenta mil (50.000) pesetas.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de mayo de 1991.- El Secretario General Técnico, José M. de la Viuda Pérez.

© Gobierno de Canarias