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Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptarla a las exigencias actuales del Departamento.
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 56 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, y demás normativa de vigente aplicación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 29 de abril de 1991,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Aprobar la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes.
Una vez introducida dicha modificación, la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes queda en los términos del anexo.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 29 de abril de 1991.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Lorenzo Olarte Cullen.
EL CONSEJERO DE
TURISMO Y TRANSPORTES,
Miguel Zerolo Aguilar.
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