El Decreto 39/1991, de 14 de marzo (B.O.C. nº 40, de 29.3.91), que convoca la concesión de subvenciones para el fomento del empleo indefinido de jóvenes y parados de larga duración, estipula en su artículo 5º que el plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses contados a partir de su entrada en vigor, y autoriza al Departamento para ampliar o reabrir dicho plazo.
El adecuado aprovechamiento de los recursos destinados a dichas contrataciones exige ampliar el plazo de presentación de las solicitudes hasta la completa aplicación del crédito presupuestario.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas en el referido artículo 5º del Decreto 39/1991, D I S P O N G O:
Artículo único.- Se amplía el plazo previsto en el artículo 5º del Decreto 39/1991, de 14 de marzo, hasta el 1 de agosto de 1991.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 1991.
EL CONSEJERO DE SANIDAD, TRABAJO Y SERVICIOS SOCIALES, Daniel Prats Díaz.
© Gobierno de Canarias