BOC - 1991/063. Miércoles 15 de Mayo de 1991 - 608

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.la Presidencia

608 - CORRECCION de errores del Decreto 35/1991, de 14 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Advertidos errores, inducidos por la propuesta que elevó el Consejero de Hacienda, en el texto remitido para la publicación del Decreto 35/1991, de 14 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias, efectuada en el Boletín Oficial de Canarias nº 51, de 22 de abril de 1991, se salvan como sigue:

En la página 2156, artículo 20.2, donde dice: "... en las cuentas restringidas de las mismas para el servicio ...", debe decir: "... en las cuentas restringidas de la misma para el servicio ...".

En la página 2158, artículo 27.3, donde dice: "... conforme a lo previsto en el artículo 43 de este Reglamento, ...", debe decir: "... conforme a lo previsto en el artículo 40 de este Reglamento, ...".

En la página 2159, artículo 32.1, donde dice: "Solo serán admisibles como garantía el aval ...", debe decir: "Solo será admisible como garantía el aval ...".

En la página 2160, artículo 37, segundo párrafo, donde dice: "... compete a las Intervenciones Insulares que corresponda ...", debe decir: "... compete a la Intervención Insular que corresponda ...".

En la página 2160, artículo 41.1, donde dice: "... con carácter potestativo, recurso de reposición ....", debe decir: "... con carácter potestativo, el recurso de reposición ...".



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