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No teniendo constancia este Servicio Hidráulico del domicilio de D. Cirilo Rodríguez Santana, por hallarse en paradero desconocido y siendo preciso notificarle el trámite de Vista y Audiencia de caducidad de la autorización que le fue concedida para ejecutar labores de alumbramiento de aguas en el lugar denominado Lomo Grande, término municipal de Arucas (Gran Canaria), de conformidad con el artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, se conceden 10 días de plazo, contados desde el siguiente al de la publicación de esta notificación, a fin de que el interesado manifieste por escrito, ante el Servicio Hidráulico de Las Palmas, lo que considere conveniente en defensa de sus intereses.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de abril de 1991.- El Jefe del Servicio, José Jiménez Suárez.
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