Examinado el expediente tramitado por el Consejo Consultivo de Canarias para la modificación de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo a las exigencias actuales de dicho Organismo.
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 56 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, y demás normativa de vigente aplicación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 9 de abril de 1991, D I S P O N G O:
Artículo único.- Modificar puntualmente la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo de Canarias, en los términos de los anexos I, II y III.
Introducidas las modificaciones señaladas en el artículo anterior, la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo de Canarias queda formulada en los términos del anexo IV.
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de 1991.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Lorenzo Olarte Cullen.
EL CONSEJERO DE
LA PRESIDENCIA,
Vicente Alvarez Pedreira.
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