BOC - 1991/049. Miércoles 17 de Abril de 1991 - 544

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544 - RESOLUCION de 22 de marzo de 1991, de la Dirección General de Transportes, sobre notificación de denuncias -Audiencia al Interesado- a titulares de vehículos de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan, y siendo preciso notificarles la oportuna Audiencia al Interesado como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artículo 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.

Los interesados disponen de un plazo de quince días, a partir de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) TITULAR: Ramón Jesús Amaya Santos; Nº EXPTE.: 173-O-90; POBLACION: Candelaria; MATRICULA: TF-4848-AF; INFRACCION: artículos 141.b), 142.b) Ley 16/1987; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado de mercancías careciendo de autorización administrativa que debe llevar a bordo.

2) TITULAR: Remigio Arocha Hernández; Nº EXPTE.: 348-O-90; POBLACION: La Laguna; MATRICULA: TF-3576-G; INFRACCION: artº. 142.b) Ley 16/1987; CUANTIA: 5.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte de viajeros, no llevando a bordo la tarjeta de transportes vigente.

3) TITULAR: Juan José Robles Marrero; Nº EXPTE.: 429-O-90; POBLACION: Puerto de la Cruz; MATRICULA: TF-3114-X; INFRACCION: artículos 142.b), 142.n) Ley 16/1987, Real Decreto 262/1987 y Decreto 7/1990; CUANTIA: 10.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio de A.S.C. careciendo el contrato del número de bastidor y no llevar a bordo la autorización administrativa o fotocopia de la misma.

4) TITULAR: Betacar Tenerife, S.A.; Nº EXPTE.: 580-I-90; POBLACION: Adeje; INFRACCION: artº. 141.l) Ley 16/1987; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: el local sito en el Edificio Palm Beach carece del preceptivo libro de reclamaciones.

5) TITULAR: Remigio Arocha Hernández; Nº EXPTE.: 598-I-90; POBLACION: La Laguna; MATRICULA: TF-2153-O; INFRACCION: artículos 141.C7, 142.n) Ley 16/1987; CUANTIA: 200.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público de viajeros sin tener en vigor la preceptiva I.T.V. y no llevando visible ni a bordo la autorización administrativa de transportes.

6) TITULAR: Construcciones Realejos, S.A.; Nº EXPTE.: 599-O-90; POBLACION: Los Realejos; MATRICULA: TF-3913-AH; INFRACCION: artº. 140.c) Ley 16/1987; CUANTIA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado de mercancías llevando un exceso de peso del 33% sobre el peso máximo autorizado.

7) TITULAR: Cigalla, S.A.; Nº EXPTE.: 622-O-90; POBLACION: Madrid; MATRICULA: MU-9217-G; INFRACCION: artículos 141.b), 103 y 142.b) Ley 16/1987; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado de mercancías careciendo de la correspondiente autorización administrativa que debería llevar a bordo.

8) TITULAR: Mispos, S.A.; Nº EXPTE.: 674-O-90; POBLACION: Adeje; MATRICULA: TF-7907-AD; INFRACCION: artículos 140.a), 142.b) Ley 16/1987, Real Decreto 262/1987, y Decreto 7/1990; CUANTIA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio de A.S.C. careciendo de autorización administrativa vigente que debe llevar a bordo o fotocopia de la misma.

9) TITULAR: Wapi, S.L.; Nº EXPTE.: 682-I-90; POBLACION: Adeje; MATRICULA: TF-2294-AH; INFRACCION: artículos 140.a) y 141.l) Ley 16/1987; CUANTIA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio de A.S.C. careciendo de la preceptiva autorización administrativa. Y el local de arrendamiento carece asimismo del Libro de Reclamaciones.

10) TITULAR: Juan Real Hernández; Nº EXPTE.: 686-O-90; POBLACION: La Orotava; MATRICULA: TF-3784-X; INFRACCION: artículos 141.b), 142.b) Ley 16/1987 y Decreto 66/1989; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado de mercancías careciendo de tarjeta de transportes vigente que debe llevar a bordo.

11) TITULAR: Feliciano Rodríguez Sánchez; Nº EXPTE.: 712-O-90; POBLACION: Los Llanos de Aridane; MATRICULA: TF-0-799-J; INFRACCION: artº. 142.b) Ley 16/1987; CUANTIA: 5.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: circular un vehículo realizando un servicio público de mercancías, no llevando a bordo la tarjeta de transportes vigente. 12) TITULAR: Auto Transporte Turismo Español, S.A.; Nº EXPTE.: 751-O-90; POBLACION: Puerto de la Cruz; MATRICULA: TF-48626; INFRACCION: artículos 141.C), 142.l) Ley 16/1987 y Decreto 265/1989 (B.O.C. 17.11.89); CUANTIA: 200.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio público de viajeros no teniendo la I.T.V. vigente y no tener la contratación previa.

13) TITULAR: Agencia Guimerá, S.A.; Nº EXPTE.: 790-I-90; POBLACION: Santa Cruz de Tenerife; MATRICULA: TF-1254-AM; INFRACCION: artículos 142.a), 142.b) y 142.c) Ley 16/1987; CUANTIA: 15.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público de mercancías, careciendo de los distintivos y de la autorización administrativa que debe llevar a bordo pero cumpliendo los requisitos por los cuales pudo haberla obtenido. Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 1991.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.



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