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Contra cuya resolución podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si ésta fuera expresa, o un año desde su interposición si no lo fuera expresamente, en virtud del artē. 52 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de marzo de 1991.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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