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Dos.- Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 193/1985, de 13 de junio (B.O.C. nš 81, de 5.7.85); el Real Decreto 1.888/1984, de 26 de septiembre (B.O.E. de 26 de octubre), modificado por el Real Decreto 1.427/1986, de 13 de junio (B.O.E. de 11 de julio), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos docentes universitarios; la Orden de 28 de diciembre de 1984 (B.O.E. de 16.1.85), por la que se desarrolla, con carácter transitorio, dicho Real Decreto y, en lo no previsto por estas disposiciones, regirá la legislación vigente que regula el régimen general de ingresos en la Administración Pública y demás normas de general aplicación.
Tres.- La tramitación de los concursos para la provisión de las plazas citadas será independiente para cada una de ellas, quedando garantizados, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.
Cuatro.- Para ser admitidos a estos concursos se requieren las siguientes condiciones generales:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber cumplido sesenta y cinco.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a profesores de Universidad.
Cinco.- Para ser admitidos a estos concursos deberán reunir, además, los siguientes requisitos específicos:
a) Para concursar a las plazas de Catedráticos de Universidad, estar en posesión del título de Doctor.
b) Para concursar a las plazas de Catedráticos de Universidad, cumplir además las condiciones señaladas en el artículo 4.1.c) del Real Decreto 1.888/1984, de 26 de septiembre (B.O.E. de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos docentes universitarios, o bien las condiciones señaladas en la Disposición Transitoria Undécima de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.
Seis.- Quienes deseen tomar parte en estos concursos deberán remitir una instancia, debidamente cumplimentada según modelo del anexo II, al Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por cualquiera de los medios autorizados en la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de veinte días hábiles a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, teniendo en cuenta que el horario de atención al público en el Registro General de esta Universidad finaliza a las 14 horas, a excepción de los sábados en que la recogida de documentos finaliza a las 13 horas. Esta instancia irá acompañada de la documentación que acredite reunir las condiciones específicas para participar en los concursos. El modelo de currículum vitae a presentar en el momento de las pruebas, se adecuará a lo especificado en el anexo III.
La acreditación de los requisitos específicos requeridos para ser admitidos a estos concursos se realizará, en los señalados con la letra a) del número cinco, por medio de fotocopia compulsada de los títulos o, en su caso, del justificante del abono de sus derechos, y en los señalados con la letra b), por medio de las correspondientes certificaciones, documentación que habrá de acompañarse a las solicitudes.
Serán válidas, a efectos de su uso en las solicitudes, las fotocopias obtenidas de la instancia e impreso de currículum vitae, cuyos modelos figuran como anexos II y III de la presente Resolución.
Los solicitantes deberán justificar el ingreso en la Caja Insular de Ahorros de Gran Canaria, en la cuenta corriente nš 35065/0000397, a nombre de "Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Tasas", de 1.500 pesetas, en concepto de formación de expediente y por derechos de examen, debiendo unir el justificante correspondiente a la solicitud. Si el pago se hiciera mediante giro postal o telegráfico, éste se dirigirá a la Sección de Gestión Económica de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, haciendo constar en el taloncillo destinado al Organismo, los datos siguientes: nombre y apellidos del solicitante, Documento Nacional de Identidad y plaza a la que concurra.
Siete.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria remitirá a todos los aspirantes, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo, relación completa de los admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de su exclusión.
Contra esta Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación y ante el Rector, las reclamaciones que consideren oportunas. Resueltas dichas reclamaciones, en su caso, la relación de admitidos y excluidos adquirirá la condición de definitiva.
Ocho.- Los candidatos propuestos por las Comisiones para la provisión de las plazas deberán presentar en el Rectorado de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de las Comisiones, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, los siguientes documentos:
a) Certificación de nacimiento, expedida por el Registro Civil correspondiente.
b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
c) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a profesor de Universidad, expedido por la Dirección Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia de sanidad.
d) Fotocopia del título académico.
e) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de la Administración de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
En el caso de que los aspirantes propuestos tuvieran la condición de funcionario público de carrera, estarán exentos de presentar tales documentos o requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de marzo de 1991.- El Rector, Francisco Rubio Royo.
CUERPO AL QUE PERTENECE LA PLAZA: Catedráticos de Universidad.
AREA DE CONOCIMIENTO: Fisiología.
DEPARTAMENTO AL QUE ESTA ADSCRITA: Endocrinología Celular y Molecular.
ACTIVIDADES A DESARROLLAR: impartir docencia en Fisiología.
Nš DE PLAZAS: una.
CLASE DE CONVOCATORIA: concurso.
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