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A los efectos previstos en el artículo 161 y siguientes del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, regulador del Dominio Público Hidráulico, por la Dirección General de Aguas se ha resuelto la incoación de oficio de expediente de extinción de la concesión otorgada el 23 de marzo de 1953 a la heredad Acequia Real de Aguatona de Ingenio, para la construcción de dos embalses escalonados denominados El Tabuco, de 145.000 m3 y el Madre del Agua, de 215.000 m3, para aprovechar aguas públicas del Barranco de Aguatona, término municipal de Ingenio (Gran Canaria), por no haber sido ejecutadas.
En el plazo de 20 días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, cualquier persona, incluidos los titulares del derecho que pueda resultar afectado por la extinción del mismo, puede presentar ante el Servicio Hidráulico de Las Palmas, sus escritos donde se manifieste lo que considere conveniente en defensa de sus intereses.
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de marzo de 1991.- El Jefe del Servicio, José Jiménez Suárez.
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