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BOC Nº 043. Miércoles 3 de Abril de 1991 - 458

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

458 - ORDEN de 11 de marzo de 1991, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Vivienda de Canarias, que aprueba la lista definitiva de adjudicatarios y relación para posibles vacantes del grupo de 9 viviendas en Breña Alta (La Palma).

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Visto el Acuerdo de la Comisión de Vivienda de Canarias, de 8 de marzo de 1991.

Considerando que el artº. 14.1 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que la lista definitiva por cupos, junto con la relación para posibles vacantes, sean publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.

Visto el precepto citado y demás de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Vivienda de Canarias, por el que se aprueba la lista definitiva de adjudicatarios y relación para posibles vacantes del grupo de 9 viviendas en Breña Alta (La Palma), cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de marzo de 1991.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, PRESIDENTE DE LA COMISION DE VIVIENDA DE CANARIAS, Ildefonso Chacón Negrín.

A N E X O

La Comisión de Vivienda de Canarias, reunida en sesión de 8 de marzo de 1991, de conformidad con lo establecido en los artículos 13.3 y 14.2 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, que disponen la adjudicación de viviendas de promoción pública, acordó aprobar la lista definitiva de adjudicatarios y relación para posibles vacantes del grupo de 9 viviendas en Breña Alta (La Palma).

El presente Acuerdo pone fin a la vía administrativa y frente al mismo podrá interponerse, previa y preceptivamente, recurso de reposición ante la Comisión de Vivienda de Canarias, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y contra el acuerdo resolutorio del recurso de reposición cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de dicho acuerdo resolutorio si es expreso y, si no lo fuere, el plazo será de un año a contar desde la fecha de interposición del recurso de reposición, según lo establecido en el artículo 58 y concordantes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1957.

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