BOC - 1991/042. Martes 2 de Abril de 1991 - 368

I. DISPOSICIONES GENERALES - Presidencia del Gobierno

368 - DECRETO 64/1991, de 1 de abril, del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el que se convocan elecciones al Parlamento de Canarias.

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La Ley Territorial 3/1987, de 3 de abril, de medidas urgentes en materia electoral, en su artículo 14, con la redacción dada por la Ley Territorial 2/1991, de 18 de marzo, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la convocatoria de elecciones al Parlamento de Canarias y determina la fecha de su promulgación.

En su virtud, en uso de la facultad que me confiere el citado precepto de la Ley 3/1987, de 3 de abril, de medidas urgentes en materia electoral, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 25 de marzo de 1991,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- 1. Se convocan elecciones al Parlamento de Canarias por cada una de las circunscripciones electorales de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, Lanzarote, La Palma y Tenerife. 2. Las elecciones tendrán lugar el domingo día 26 de mayo de 1991. Artículo 2.- El número de Diputados regionales a elegir será el de sesenta, conforme a la siguiente distribución por circunscripciones electorales: quince por la de Gran Canaria, quince por la de Tenerife, ocho por la de La Palma, ocho por la de Lanzarote, siete por la de Fuerteventura, cuatro por la de La Gomera y tres por la de El Hierro.

Artículo 3.- La campaña electoral durará 15 días comenzando a las cero horas del viernes día 10 de mayo y finalizará a las veinticuatro horas del viernes día 24 de mayo de 1991.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 1 de abril de 1991.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS, Lorenzo Olarte Cullen.



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