Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la citada Orden, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 23, de 22 de febrero de 1991, a continuación se transcriben las oportunas correcciones:
En la página 746, anexo III, apartado 1.3. Antigüedad, párrafo segundo, donde dice:
"A estos efectos se computarán los servicios reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1987, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros que se valoren."
Debe decir:
"A estos efectos se computarán los servicios reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros que se valoren."
© Gobierno de Canarias