BOC - 1991/036. Miércoles 20 de Marzo de 1991 - 304

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Economía y Comercio

304 - ORDEN de 15 de marzo de 1991, por la que se aprueban las tarifas de auto-taxis, presentadas por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Descargar en formato pdf

Vista la petición formulada por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en solicitud de aumento de las tarifas urbanas de auto-taxis de la ciudad de Santa Cruz de Tenerife.

Resultando: I. Que el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 21 de diciembre de 1990, a la vista de los escritos presentados por la Unión de Trabajadores Autónomos del Taxi, y la Agrupación Profesional de Trabajadores Autónomos de Auto-Taxis y Gran Turismo y del informe redactado por la Oficina Técnica previo dictamen de la Comisión Informativa de Tráfico y Transporte, acordó proponer para la aprobación por la Comisión Territorial de Precios de la Consejería de Economía y Comercio, las siguientes tarifas para el Servicio Público de Auto-Taxis.

Bajada de bandera 115 ptas. Km recorrido 42 ptas. Hora de espera 950 ptas.

Suplementos:

Nocturno 50 ptas. Festivos 50 ptas. Salidas y entradas a muelles 50 ptas. Bultos y maletas 50 ptas.

II. Que la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en su sesión ordinaria celebrada el día 13 de marzo de 1991, informó favorablemente las tarifas propuestas.

Considerando que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y la Orden de 20 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, el Decreto del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación. A C U E R D O

Autorizar al Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife las tarifas urbanas de auto-taxis de Santa Cruz de Tenerife solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías a continuación expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias:

Bajada de bandera 115 ptas. Km recorrido 42 ptas. Hora de espera 950 ptas.

Suplementos:

Nocturno 50 ptas. Festivos 50 ptas. Salidas y entradas a muelles 50 ptas. Bultos y maletas 50 ptas.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El CONSEJERO DE ECONOMIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISION TERRITORIAL DE PRECIOS, Luis Hernández Pérez.



© Gobierno de Canarias