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En recurso contencioso-administrativo nº 409/89, interpuesto por la Sociedad Anónima de Trabajos y Obras (S.A.T.O.), contra retenciones de cantidades en concepto de I.G.T.E., practicadas por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, en las certificaciones de la obra "Terminación del abastecimiento, distribución y saneamiento de Güímar" (Tenerife), ha recaído con fecha 16 de enero de 1991 Sentencia que es firme, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Fallamos:
Desestimar el presente recurso por ajustarse a Derecho el acto a que se refiere. Sin costas."
El relación al pronunciamiento del Tribunal, esta Consejería acuerda su cumplimiento en sus propios términos.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de febrero de 1991. EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.
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